En Bariloche, un hombre fue condenado a 35 años de prisión por 23 hechos de abuso infantil, todos iniciados por Grooming. Todas las víctimas que declararon en el juicio fueron contactadas por Whatsapp, Facebook e Instagram y creyeron que estaban chateando con otra chica,
Por unanimidad, el tribunal integrado por los jueces Bernardo Campana, Romina Martini y Ricardo Calgano, condenó a un hombre por 23 hechos de grooming, corrupción de menores, amenazas, coacción, distribución, tenencia y producción de imágenes de abuso sexual infantil.
Todos los delitos fueron cometidos en contra de jóvenes, niñas y adolescentes no sólo de Bariloche, sino de diferentes lugares de la Argentina y otros países. Las víctimas habrían sido contactadas mediante mensajes a través de Whatsapp, Facebook e Instagram. Una vez establecido el contacto el acusado requería que le envíen imágenes y videos desnudas y las amenazaba con publicar las mismas en internet o contactar a sus padres para informarles de lo sucedido.
El Tribunal entendió que todos los hechos ocurrieron en un contexto de gran desigualdad entre las víctimas adolescentes y el victimario adulto, signada desde su inicio por el engaño. Todas las personas afectadas declararon que "creyeron que estaban chateando con otra chica, una par, una amiga".
El fallo consideró que los hechos que llegan a esta instancia de sentencia, deben ser analizados y resolverse con un enfoque constitucional que integre la perspectiva de género como metodología de análisis. Ello por cuanto el litigio involucra relaciones de poder asimétricas y patrones estereotípicos de género por lo que exige la integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico.
Los magistrados detallaron que "el hombre imputado evidenció una capacidad de planificación, un adecuado empleo de redes sociales, que supo optimizar de manera meticulosa la colección de datos para atacar a sus víctimas". Asimismo, demostró "su destreza y habilidad para cambiar roles y ejecutar múltiples personalidades. Supo, además, adaptarse al lenguaje adolescente, a las reacciones de cada víctima y manipularlas para someterlas de modo eficiente".
El Tribunal entendió que todos los hechos ocurrieron en un contexto de gran desigualdad entre las víctimas adolescentes y el victimario adulto, signada desde su inicio por el engaño. Todas las personas afectadas declararon que "creyeron que estaban chateando con otra chica, una par, una amiga".
"Ha puesto de manifiesto un productivo ejercicio sistemático de la mentira. El imputado comprendía y comprende de modo tan cierto y cabal la criminalidad de sus actos y las devastadoras consecuencias que ellos trajeron a sus víctimas”, relataron los jueces.
Finalmente, ordenaron la prisión preventiva hasta que el Superior Tribunal de Justicia emita su veredicto, ya que la defensa adelantó que apelarán el fallo.