La Cámara Federal de Casación Penal le otorgó la prisión domiciliaria a dos mujeres que por sus problemas de salud, cáncer de mama y diabetes, integran el grupo de riesgo de contagio de COVID-19 y además tienen hijos menores de edad a su cargo.
El Tribunal integrado por Alejandro Slokar y Diego Barroetaveña destacó que la población carcelaria vive con limitada capacidad para el ejercicio de sus derechos fundamentales, realidad que los convierte en vulnerables a situaciones de índole social, económica y cultural. "A diario, esta población presenta dificultades para el acceso a los recursos materiales y alimentarios, así como a servicios básicos de salud e higiene", detallaron.
El fallo resalta que para resolver casos como este requiere una mirada y visión con perspectiva de género que permita analizar el impacto diferencial de las acciones del estado sobre varones y mujeres privadas de su libertad y que contemple el interés superior del niño.
"La difícil situación que se encuentra atravesando el mundo entero y nuestra sociedad actualmente, requiere, para poder sortearla, de los esfuerzos y sacrificios de todos los integrantes de nuestra comunidad; y las autoridades judiciales no pueden ser ajenos a ello, a quienes se les exige la demostración de suficiente capacidad de maniobra y adaptación para evitar cualquier posible escalamiento de la crisis sanitaria", expresaron los jueces.
Al respecto, agregaron los camaristas que como parte de los esfuerzos generales que se llevan a cabo para frenar la pandemia del Covid-19 y para evitar que la epidemia “arrase” con las personas detenidas, "resulta un deber esencial de la justicia el tomar las medidas urgentes necesarias para proteger la salud y la seguridad de los sujetos privados de su libertad".
"Del análisis de las particulares circunstancias del caso presente, analizadas a la luz del contexto de este universo normativo, considero que luce prudente y necesario aplicar una medida alternativa al encierro, que garantice neutralizar del mejor modo los riesgos procesales evidenciados en autos permitiendo a su vez garantizar el Interés Superior del Niño", sintetizaron Slokar y Barroetaveña en la sentencia de 46 páginas.
El fallo resalta que para resolver casos como este requiere una mirada y visión con perspectiva de género que permita analizar el impacto diferencial de las acciones del estado sobre varones y mujeres privadas de su libertad y que contemple el interés superior del niño.
Finalmente, los juzgadores concluyeron en que la prisión domiciliaria es la solución que mejor se ajusta a la protección integral de los derechos en juego, a la salud, a una vida digna y libre de violencia, a la familia, a la igualdad y a un trato humanitario a la vez que resguarda las garantías del debido proceso, defensa en juicio y el principio pro homine y la primacía del Interés Superior de Niño.