20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

De la cárcel a la cuarentena

Por la propagación del COVID-19, Casación Federal le concedió la prisión domiciliaria a dos mujeres que se encuentran en los grupos de riesgo frente al virus por los problemas de salud que padecen y, además, tienen hijos menores de edad. 

La Cámara Federal de Casación Penal le otorgó la prisión domiciliaria a dos mujeres que por sus problemas de salud, cáncer de mama y diabetes, integran el grupo de riesgo de contagio de COVID-19 y además tienen hijos menores de edad a su cargo.

El Tribunal integrado por Alejandro Slokar y Diego Barroetaveña destacó que la población carcelaria vive con limitada capacidad para el ejercicio de sus derechos fundamentales, realidad que los convierte en vulnerables a situaciones de índole social, económica y cultural. "A diario, esta población presenta dificultades para el acceso a los recursos materiales y alimentarios, así como a servicios básicos de salud e higiene", detallaron.

El fallo resalta que para resolver casos como este requiere una mirada y visión con perspectiva de género que permita analizar el impacto diferencial de las acciones del estado sobre varones y mujeres privadas de su libertad y que contemple el interés superior del niño.

"La difícil situación que se encuentra atravesando el mundo entero y nuestra sociedad actualmente, requiere, para poder sortearla, de los esfuerzos y sacrificios de todos los integrantes de nuestra comunidad; y las autoridades judiciales no pueden ser ajenos a ello, a quienes se les exige la demostración de suficiente capacidad de maniobra y adaptación para evitar cualquier posible escalamiento de la crisis sanitaria", expresaron los jueces.

Al respecto, agregaron los camaristas que como parte de los esfuerzos generales que se llevan a cabo para frenar la pandemia del Covid-19 y para evitar que la epidemia “arrase” con las personas detenidas, "resulta un deber esencial de la justicia el tomar las medidas urgentes necesarias para proteger la salud y la seguridad de los sujetos privados de su libertad".

"Del análisis de las particulares circunstancias del caso presente, analizadas a la luz del contexto de este universo normativo, considero que luce prudente y necesario aplicar una medida alternativa al encierro, que garantice neutralizar del mejor modo los riesgos procesales evidenciados en autos permitiendo a su vez garantizar el Interés Superior del Niño", sintetizaron Slokar y Barroetaveña en la sentencia de 46 páginas.

El fallo resalta que para resolver casos como este requiere una mirada y visión con perspectiva de género que permita analizar el impacto diferencial de las acciones del estado sobre varones y mujeres privadas de su libertad y que contemple el interés superior del niño.

Finalmente, los juzgadores concluyeron en que la prisión domiciliaria es la solución que mejor se ajusta a la protección integral de los derechos en juego, a la salud, a una vida digna y libre de violencia, a la familia, a la igualdad y a un trato humanitario a la vez que resguarda las garantías del debido proceso, defensa en juicio y el principio pro homine y la primacía del Interés Superior de Niño.

 

 

 

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