20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Soluciones innovadoras ante la cuarentena

Una app para acuerdos judiciales

Un Tribunal del Trabajo de Mar del Plata fijó una audiencia para homologar un acuerdo trasnaccional. Deberán participar la solicitante y su abogada mediante la aplicación Microsoft Teams, sin necesidad que los intervinientes descarguen aplicación o programa alguno.

En los autos "ORDOÑEZ MARIA EUGENIA y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO", la Cámara del Trabajo de Mar del Plata fijó una videoconferencia para realizar la homologación de un acuerdo transaccional.

La titular del Juzgado, Cecilia Bartoli, como consecuencia de la emergencia sanitaria de público conocimiento y siguiendo las recomendaciones efectuadas en consecuencia por el Superior Tribunal de la provincia de Buenos Aires estableció la primera audiencia por videoconferencia para esta causa.

La magistrada especificó que deberán estar presente de manera virtual el actor, asistido por su letrada patrocinante y previa exhibición de su documento de identidad, para ratificar de forma remota el acuerdo celebrado en autos, en virtud de lo dispuesto por el artículo 277 de la​ Ley de Contrato de Trabajo.

La audiencia se llevará a cabo a través de la plataforma Microsoft Teams, sin necesidad que los intervinientes descarguen aplicación o programa alguno. A tal fin, "hágase saber a los citados que deberán denunciar cada uno de ellos una casilla de correo de electrónico, en donde se cursaran las invitaciones correspondientes para poder materializar la audiencia", sostiene la resolución.

En esa línea, Bartoli aclaró que si necesitan detalles sobre cuestiones operativas sobre el uso de la aplicación sugerida, se encuentra disponible la «Guía para la realización y participación en audiencias remotas» en el sitio oficial de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.​

La magistrada especificó que deberán estar presente de manera virtual el actor, asistido por su letrada patrocinante y previa exhibición de su documento de identidad, para ratificar de forma remota el acuerdo celebrado en autos, en virtud de lo dispuesto por el artículo 277 de la​ Ley de Contrato de Trabajo.

Por último, la jueza le recordó a la abogada de la solicitante que "finalizado el asueto referenciado supra, deberá acompañar el correspondiente escrito soporte papel".

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