Una jueza platense se declaró incompetente para entender en una denuncia de violencia de género que le fue enviada desde un Juzgado de Berisso. La magistrada ponderó que ambas partes (víctima y demandado) tienen domicilio en esa localidad .
En autos F.L.T.C/D.L.G S/VIOLENCIA DE GENERO, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°10 de La Plata, a cargo de Silvana Cairo, resolvió no admitir la radicación de las actuaciones en el Tribunal.
Asimismo, la magistrada decidió dejar planteado el conflicto negativo de competencia, elevando las actuaciones con carácter urgente a la Cámara de Apelaciones que corresponda en razón del turno.
En el relato de los hechos se consignó que la víctima manifestó que "solicita que el denunciado saque la dirección de su documento y cancelarle la tarjeta azul, y medidas ante el Juzgado de Paz Letrado de Berisso”.
Las actuaciones fueron remitidas al tribunal mencionado desde el Juzgado de Paz Letrado de Berisso, que también se inhibió de seguir entendiendo en la causa, considerando que la problemática planteada en la especie encuadra dentro de la previsión normativa del art. 22 de la Ley 26.485 que dispone la intervención del Juez que resulte competente en razón de la materia, de acuerdo al tipo de violencia involucrado. Asimismo, se hizo hincapié en el carácter residual del fuero civil y comercial.
La jueza Cairo consideró que no le corresponde al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de La Plata entender en el caso ya que la denunciante indicó que su domicilio se encuentra en Berisso, y dejó sentado que allí también se domicilia el demandado.
Asimismo, en el relato de los hechos se consignó que la víctima manifestó que "solicita que el denunciado saque la dirección de su documento y cancelarle la tarjeta azul, y medidas ante el Juzgado de Paz Letrado de Berisso”.
“De acuerdo a los datos consignados ante la autoridad policial de esa localidad, las personas aquí involucradas residirían en Berisso y la denunciante expresamente peticionó la intervención del organismo jurisdiccional referido e intervino la policía de Berisso” expresó la jueza.
“Entiendo que la cercanía física entre el Juzgado de Paz Letrado de Berisso, la autoridad policial que ya intervino y a la que se puso en conocimiento de las medidas precautorias dictadas y los domicilios de los involucrados, sumado a que cuenta con un cuerpo técnico especializado resulta dirimente para no admitir la radicación de los actuados” afirmó Cairo.