El Poder Ejecutivo de la Nación extendió las sesiones ordinarias hasta el 11 de diciembre y convocó a extraordinarias a partir del 12, con un temario que incluye 25 proyectos de ley. Diario Judicial repasa en detalle cuáles son los proyectos que afectarán directamente a la justicia.
A través de un Decreto publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo de la Nación prorrogó las sesiones ordinarias del Congreso hasta el 11 de diciembre y convocó a extraordinarias desde el próximo 12 de diciembre hasta 28 de febrero de 2021, con un listado de tema que incluye 25 proyectos de ley.
Con la agenda liderada por el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), la lista incluye el proyecto del “Programa de los 1.000 días”, el aporte solidario y extraordinario de las grandes fortunas, la reforma del Ministerio Público Fiscal, el proyecto de sostenibilidad de la deuda externa, la fórmula de movilidad jubilatoria, la reforma judicial, el proyecto de etiquetado frontal de alimentos, el Consenso Fiscal, entre otros.
El decreto establece que todos aquellos proyectos que se traten en un período extraordinario, tuvo que haber sido discutido previamente en sesiones ordinarias y la disposición se basa en la potestad que tiene el presidente de convocar a este tipo de sesiones cuando "un grave interés de orden o de progreso lo requiera".
Con media sanción en la Cámara de Senadores, uno de los principales que el oficialismo buscará convertir en ley durante este período es la reforma al Ministerio Público Fiscal que contempla que el Procurador General de la Nación sea elegido por mayoría absoluta de la Cámara Alta, en vez de por los dos tercios de los presentes, como es el procedimiento actualmente. O sea, que el candidato o candidata necesitará 37 votos en lugar de 48.
Asimismo, establece una reducción del período de mandato a cinco años, reelegible por un lustro y, al momento de su nombramiento, no podrá superar los 75 años de edad. Estas modificaciones son incorporadas como artículo 62 bis a la norma vigente.
Todo indica que volverá a tratarse con un acalorado debate la reforma judicial, que cuenta con la media sanción del Senado, cuyos principales ejes son: la unificación de los fueros Criminal y Correccional Federal y Nacional en lo Penal Económico, ambos de la Ciudad de Buenos Aires, bajo la denominación de fuero Penal Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El proyecto crea 23 juzgados en lo Penal Federal con asiento en CABA, que pasarán a identificarse con los números 24 a 46. Asimismo, las causas en trámite conservarán a sus jueces naturales, y las que se inicien irán a los 23 nuevos juzgados, que serán cubiertos por subrogantes.
La Cámara Nacional de Casación Criminal elaborará un listado de subrogantes y los candidatos serán votados con dos tercios en el Consejo de la Magistratura.
Se establece un plazo de dos años para la instrumentación del Código Procesal Penal Federal que deberá implementar el nuevo sistema acusatorio, con mayor rol de los fiscales; transfieren la totalidad de la competencia penal no federal a la Ciudad de Buenos Aires; serán creados 5 Tribunales Orales en lo Penal Federal con asiento en CABA, que serán integrados por tres miembros y una secretaría cada uno.
Hoy el principal objetivo de un grupo de legisladores es convertir en ley el proyecto IVE, con posible tratamiento en Diputados el 10 de diciembre, para evitar las dilaciones del próximo año, que será electoral y los principales proyectos estarán enfocados en las elecciones legislativas.
Tanto la IVE como el programa de los mil días cuentan con consenso para lograr dictamen en los próximos días y pasar al recinto, donde el panorama estará reñido, como ocurrió en el año 2018.
Entre otros, el proyecto IVE modifica el artículo 86 del CP y queda redactado de la siguiente manera: “No es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana CATORCE (14) inclusive del proceso gestacional. Fuera del plazo establecido en el párrafo anterior, no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la persona gestante: 1º) Si el embarazo fuere producto de una violación. En este caso, se debe garantizar la práctica con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante ante el o la profesional o personal de salud interviniente. En los casos de niñas menores de TRECE (13) años de edad, la declaración jurada no será requerida. 2º) Si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante”.
Lo mismo sucede con el artículo 88, el cuál establecerá que “será reprimida con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, la persona gestante que, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86, causare su propio aborto o consintiera que otro se lo causare. Podrá eximirse la pena cuando las circunstancias hicieren excusable la conducta. La tentativa de la persona gestante no es punible”.
Por su parte, el proyecto de sostenibilidad de la deuda preve un futuro airoso en la Cámara Baja por contar con los votos necesarios para su aprobación. El mismo fue promovido por el ministro de Economía, Martín Guzmán, obtuvo media sanción en el Senado, donde recibió 65 votos a favor, ninguno en contra y una abstención.
Dicha normativa establece que el Congreso deberá aprobar los futuros acuerdos con el Fondo Monetario Internacional (FMI), así como cualquier endeudamiento externo que supere el límite fijado en el Presupuesto Nacional.