La Corte bonaerense dispuso que a partir del 10 de mayo las comunicaciones entre la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) con los órganos del Fuero Laboral será exclusivamente de manera virtual.
A través de la Resolución SC 620/21, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso que, a partir del 10 de mayo próximo, las comunicaciones entre la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y los órganos del Fuero Laboral será de manera íntegramente virtual.
De esta manera, a través de las Receptorías de Expedientes respectivas, las actuaciones que tramiten o hayan tramitado ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y/o la Comisión Médica Central, se habilitará en los sistemas de gestión judicial el domicilio electrónico comisiones.medicas@srt.notificaciones.
Asimismo, partir de esa fecha, todos los organismos jurisdiccionales de la Administración de Justicia deberán librar indefectiblemente los requerimientos a la SRT, en el marco de una causa judicial ya iniciada.
Deberán hacerlo mediante oficio judicial en formato digital, a los fines de la producción de informes y/o la remisión de actuaciones en trámite o que hayan tramitado ante las citadas Comisiones Médicas, para lo cual se habilitará en los sistemas de gestión judicial el domicilio electrónico oficios@srt.notificaciones.
Las respuestas a dichos oficios judiciales también serán incorporadas y remitidas por la citada SRT en el Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de esta Suprema Corte.
Para llevar adelante esta modalidad, la SCBA habilitó a la SRT el uso del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas donde, además de los trámites nombrados, podrán requerir y contestar oficios judiciales.