20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Un gol para los ahorristas

Un fallo dictado por una magistrada de La Plata impone nuevamente una reducción a las cuotas de planes de autoahorro, en este caso a los bonaerenses que tengan suscripto un contrato con Volkswagen.

En autos “DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y OTRO/A S/ MATERIA A CATEGORIZAR”,  el Juzgado Civil y Comercial N°5 de La Plata admitió la medida cautelar colectiva, ordenando a la demandada a reducir al 50% el valor de las cuotas de planes de autoahorro.

La magistrada Fabiana Coradi, quien dictó la sentencia, se desentendió de la medida cautelar sugerida en la demanda colectiva por el Defensor del Pueblo que proponía limitar el valor de las cuotas de todos los planes de ahorro contratados por los habitantes de la Provincia hasta un tope del 20% de la Canasta Básica Total (Gran Buenos Aires) para una familia de cuatro integrantes publicada por el INDEC.

 

Analizando por separado la situación de cada uno de los consumidores que se incorporen a este proceso, la jueza dictó una medida innovativa adecuada a su situación patrimonial, por lo que dispuso la reducción de las cuotas a la mitad de su valor.

 

 

Para así decidir, Coradi evaluó que “las cuotas de los planes de ahorro han sufrido un considerable incremento desde hace aproximadamente dos años, de ahí que han proliferado las acciones de este tenor”.

Analizando por separado la situación de cada uno de los consumidores que se incorporen a este proceso, la jueza dictó una medida innovativa adecuada a su situación patrimonial, por lo que dispuso la reducción de las cuotas a la mitad de su valor.

Los interesados deberán acreditar en forma sumaria tener domicilio en la Provincia de Buenos Aires, el contrato de adhesión suscripto con la parte demandada, acreditar el valor de la primera cuota del plan de ahorro abonada y el/los ingreso/s tenidos en cuenta al momento de su incorporación al plan.

Además, deberán justificar la variación de esos ingresos en los últimos seis meses y los valores las cuotas del plan al que esta adherido correspondiente a esos últimos seis meses a la fecha de este de este proveído.

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
planes autoahorro cuotas inflacion

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486