En respuesta al fallo de Mar del Plata que ordenó suspender la aplicación de la Ley IVE, el Estado apeló y sostuvo en su escrito que el juez Alfredo López pretende desarticular "una política pública estatal, que fue decidida a instancias y con la participación del pueblo argentino".
Tal como lo adelantó la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, el Estado Nacional apeló la decisión del juez federal de Mar del Plata, Alfredo López, que hizo lugar a un pedido de medida cautelar y ordenó suspender la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
En el escrito presentado hoy, la abogada que representa al Estado remarcó que "la norma fue la síntesis de un extenso y profundo debate de la sociedad civil, sin precedentes; de este modo, la discusión no se dio solamente entre legisladores y legisladoras con mandato vigente en el Poder Legislativo Nacional, sino entre distintos sectores sociales que otorgaron su visión y que fundaron su opinión dispuestos a que sea interpelada en el recinto".
El escrito destacó que, "tanto en el sistema jurídico argentino como en la gran mayoría de los países del mundo, no se otorga el mismo valor al embrión que a la vida de una persona". Ejemplo de ello es la regulación del aborto no punible en el artículo 86 del Código Penal que, desde 1921, permite la interrupción legal del embarazo cuando existe un peligro para la salud o la vida de la mujer o cuando el embarazo es producto de una violación.
La letrada afirmó que el juez olvidó que "el Estado Argentino ha contraído obligaciones específicas respecto de la disponibilidad de abortos seguros y que entre los Organismos Internacionales que así lo han recomendado se encuentra el Comité de los Derechos del Niño que ha analizado en múltiples ocasiones la convencionalidad de la IVE en los términos de regulación de la ley 27.610, y su necesidad sobre todo".
Para el Estado, el juez federal "pretende con su pluma desarticular una política pública estatal, que fue decidida –se reitera- a instancias y con la participación del pueblo argentino, representado por distintos sectores de la sociedad civil en uno de los debates más amplios y democráticos que se desarrollaron en la República Argentina".
Además, su decisión, "anticipa precautoriamente la resolución del fondo del amparo y afecta el interés público con perjuicio irreversible", ya que "lesiona el ejercicio de los poderes constitucionales conferidos al legislador y violenta la división de poderes".
"Para el hipotético supuesto de una sentencia adversa a los intereses de mi instituyente, dejo desde ya formulada reserva del Caso Federal, para ocurrir por ante la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación", se lee al final del documento de 188 páginas.