04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
Cómo se implementará en el Poder Judicial

Cupo laboral para todes

El gobierno promulgó este miércoles la Ley Diana Sacayán-Lohana Berkins, que establece un cupo del 1% dentro del Estado Nacional para la contratación de personas travestis, transexuales y transgénero.

En un acto realizado hoy en Casa Rosada, Alberto Fernández promulgó la ley que obliga a los tres poderes del Estado nacional, los ministerios públicos y demás organismos deben ocupar una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal con personas de ese colectivo.

Durante el evento, el presidente expresó que "quienes creen que dar derechos es un problema porque rompe el status quo, creen que es mejor un país con derechos para algunos". "La mejor Argentina es la que da derechos", agregó.

El mandatario convocó a los empresarios a emplear a personas trans y remarcó que la ley llegó para confrontar "con una cultura de mucho tiempo y que le cuesta aceptar, Pero estamos decididos a que se termine cualquier discriminación en Argentina". 

Para su cumplimiento, se deben “establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero” y “asimismo, reservar las vacantes que se produzcan en los puestos correspondientes a los agentes que hayan ingresado” bajo el régimen de esta ley. No obstante, aclara que el cumplimiento de la norma “en ningún caso debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes al momento de su sanción”.

La norma establece, entre otras, que la terminalidad educativa incompleta o los antecedentes penales “que resulten irrelevantes” no podrán ser un impedimento para el acceso de los postulantes al empleo.

Uno de los puntos más destacados es que la nueva ley contempla que "los antecedentes penales de las/os postulantes, que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral, no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo”.

Al respecto, sostiene que “toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo formal digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género y/o su expresión”.

Por otra parte, las empresas privadas que cumplan con el cupo serán premiadas con descuento de impuestos y tendran prioridad en las contrataciones con el Estado.

En el ámbito judicial, uno de los primeros tribunales que adoptó la iniciativa fue la  Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires, que a mediados de junio de este año dictó la Resolución SC Nº 920/21, que crea el "Registro de aspirantes a ingresar al Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, en el marco de la Ley Nº 14.783", en el que se podrán inscribir todas las personas travestis, transexuales y transgénero con interés de incorporarse y reúnan las condiciones de idoneidad requeridas para el cargo.


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