20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
La defensa había planteado que el ardid "era inidóneo"

Del cuento del tío al procesamiento

La Cámara en lo Criminal y Correccional confirmó el procesamiento de un hombre que se hizo pasar por el nieto de la víctima y le hizo creer que  estaban cambiando dólares nuevos por viejos. La damnificada se percató de la maniobra y denunció a los defraudadores.

En autos R. E. A. s/ procesamiento, la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional decidió confirmar el procesamiento por el delito de estafa en grado de tentativa en un caso de los llamados "cuentos del tío"

La denunciante relató que al atender el teléfono, un hombre que simuló ser su nieto le manifestó que estaban cambiando dólares nuevos por los viejos dado que éstos no tendrían más valor y que era el último día para hacer el cambio, explicándole que su madre estaba en banco junto con el contador.

Luego recibió otro llamado en el cual una mujer le informó que una persona pasaría a buscar el dinero, lo que demuestra que no se trató de una ‘simple mentira’ sino que se montó verbalmente un escenario ficticio con idoneidad y entidad suficiente como para inducir al sujeto pasivo a error.

La defensa del demandado señaló que la resolución en crisis resulta absolutamente arbitraria pues sus fundamentos no son derivación directa y razonada de lo que obra en autos, sino «producto de la voluntad individual e irrazonada del órgano jurisdiccional».

En esa inteligencia, argumentó que el delito de estafa requiere para su configuración la concurrencia de cuatro elementos: ardid o engaño, error, disposición patrimonial y prejuicio. Apuntó que en el caso de estudio no se verifica que R. hubiera desplegado acción alguna como para tener por satisfecho el primero de esos elementos (ardid).

 

La idoneidad o inidoneidad del ardid debe medirse y valorarse en función de los medios empleados 

 

El tribunal rechazó esos argumentos y evaluó que la circunstancia de que la denunciante advirtiera que el llamado recibido para que entregara dólares para ser cambiados por nuevos era, en realidad, una farsa no torna atípica la conducta, pues la idoneidad o inidoneidad del ardid debe medirse y valorarse en función de los medios empleados y las circunstancias que rodearon el montaje y no exclusivamente en base al éxito obtenido en el caso concreto.

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ESTAFA PROCESAMIENTO

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