20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Se recomendó provechar al máximo el uso de la tecnología

Presencialidad organizada

La Corte bonaerense requirió a los órganos jurisdiccionales que presenten un plan de trabajo para la vuelta a la presencialidad en los Tribunales. En caso que la eficacia aumente, podrán extender el trabajo remoto y requerir menos personal.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aire ordenó a todas las dependencias presentar un plan de trabajo, en el marco de la vuelta a la presencialidad y el pedido de varios organismos para mantener el teletrabajo.

A través de la Resolución SC Nº 1928/21, firmada por los ministros Sergio Torres, Luis Genoud, Daniel Soria e Hilda Kogan, el Máximo Tribunal bonaerense estipuló que los titulares de los distintos organismos deberán presentar el plan mediante la plataforma del Área de Estadísticas de la Secretaría de Planificación con el mismo usuario que se utiliza para la gestión de presentismo y el llamado estará disponible hasta el 23 de noviembre.

Solo estarán exentos de la presentación del plan aquellos órganos cuyo personal desarrolle sus actividades con la presencia de la totalidad de la planta funcional, todos los días de la semana.

La normativa sostiene que "quienes se encuentren exceptuados de concurrir presencialmente para su desempeño en la Administración de Justicia, sea por razones personales u operativas, se establece que deberán, si sus tareas lo permiten, prestar servicios de modo remoto de conformidad con las pautas que le asigne el titular del órgano o dependencia y sin necesidad de autorización alguna de la Suprema Corte". 

Asimismo, fijó que para la prestación del servicio presencial no serán de aplicación las pautas del Protocolo General de Actuación para la Prevención y Seguimiento. La resolución también reafirma la plena operatividad de las herramientas que, instituidas en decisiones o reglamentaciones dictadas en el marco de la pandemia en curso, sirven para mejorar la prestación del servicio de modo permanente.

Finalmente, sobre las audiencias total o parcialmente remotas fijadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la aludida Resolución SC Nº 1651/21, se establece que pueden llevarse a cabo por cualquier medio, solicitando a los magistrados que agoten los recursos a su disposición para su rápida realización, ya sea de manera presencial, virtual o mixta.

Solo estarán exentos de la presentación del plan aquellos órganos cuyo personal desarrolle sus actividades con la presencia de la totalidad de la planta funcional, todos los días de la semana.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Las presentaciones seguirán por el Lex 100
Presencialidad y tecnología de la mano
Se autoriza la atención directa y espontánea en los Tribunales
Presencialidad bonaerense

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486