20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Conflicto territorial en Villa Mascardi

Cortes con competencia dividida

El STJ de Río Negro resolvió que la justicia federal continúe investigando un corte de ruta y la provincial juzgue la golpiza que sufrió un hombre durante la protesta. Precedente de la Corte Suprema y opinión de jueces provinciales. 

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó que las lesiones sufridas por un hombre durante un corte de la Ruta 40, en el marco del conflicto territorial en Villa Mascardi, deben continuar bajo investigación de la justicia rionegrina.

De esta manera, el fallo declaró que no corresponde acumular ese hecho a la causa penal por los presuntos delitos de “entorpecimiento de medios de transporte y de servicios públicos” que tramita, a causa del mismo corte, en el fuero Federal.

El conflicto de competencias fue planteado por los defensores de los tres hombres que se encuentran imputados como presuntos coautores del delito de “lesiones leves calificadas”. La víctima de esa agresión fue un hombre que, según la acusación, “se encontraba esperando que finalizara el corte total de la Ruta 40 efectuado por la Comunidad Lof Lafquen Winkul Mapu”.

El STJ explicó que los jueces provinciales que ya habían intervenido en el caso hicieron “una interpretación de los hechos, la prueba y el derecho común en la que no se constata arbitrariedad alguna”.

Los jueces recordaron los precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establecen que “cuando se investiga una pluralidad de delitos corresponde separar el juzgamiento de aquellos de naturaleza federal de los de índole común, aunque mediare entre ellos una relación de conexidad”.

En esa línea, los magistrados también ponderaron la opinión de los jueces que rechazaron previamente el planteo de los defensores. Uno de ellos fue que el legajo por las lesiones investiga una “afectación de la integridad física y emocional de la víctima”, mientras que en el expediente federal se analiza una presunta “vulneración directa de intereses federales”. Otro, que “resulta insuficiente” que las lesiones hayan ocurrido “en territorio bajo jurisdicción federal”, pues eso no le quita al hecho la naturaleza de ser “un delito común”.

El STJ explicó que los jueces provinciales que ya habían intervenido en el caso hicieron “una interpretación de los hechos, la prueba y el derecho común en la que no se constata arbitrariedad alguna”.

Por otra parte, los ministros señalaron que la investigación de las lesiones en la justicia provincial está finalizada y en condiciones de ser llevada a juicio, “mientras que el denominado 'corte de ruta' está archivado desde el 25 de noviembre de 2020, de lo que concluye que en la sede federal no podría hacerse efectivo el derecho de la víctima a una tutela judicial efectiva”.


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