20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Segunda audiencia por el "Derecho al Olvido"

Para no olvidar

El Máximo Tribunal escuchó al procurador Víctor Abramovich y a las partes en la audiencia pública por la causa “Denegri”. La propia actriz presenció el encuentro y respondió preguntas, mientras que sus abogados intentaron justificar la necesidad de desindexar los videos de peleas mediáticas que protagonizó en los años 90. 

La Corte Suprema de Justicia de la Nación llevó adelante la segunda jornada de audiencias públicas en el leading case "Denegri, Natalia Ruth c/ Google Inc. s/ Derechos personalísimo: acciones relacionadas".

Los supremos Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti escucharon este viernes al procurador fiscal Víctor Abramovich y las partes, tras la intensa jornada de ayer donde participaron los "Amicus Curiae" (amigos del tribunal), aquellos individuos o instituciones expertos en el tema del juicio, que brindan sus aportes como especialistas, pero sin vincular al tribunal.

Abramovich, procurador fiscal ante el Máximo Tribunal, fue el primero en tomar la palabra: “Quiero destacar la decisión de reiniciar las audiencias en casos de transcendencia institucional”. El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo, asimismo, que en el expediente se presenta un “problema constitucional relevante y novedoso” relacionado con la libertad de expresión y el resguardo a los derechos personalísimos.

Abramovich hizo hincapié en la libertad de expresión adaptada al entorno digital, como también el interés público del denominado caso “Coppola” y la información que surge de los archivos de medios de comunicación. También advirtió que Denegri era y sigue “siendo una persona pública”. “La actora se expuso públicamente”, dijo y agregó que no es un caso de información falsa ni agresión de terceros.

Cabe recordar que en el caso, la Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de la instancia anterior que había admitido parcialmente la pretensión de la actriz, quien quedó en la escena mediática a raíz del conocido “Caso Coppola”, a mediados de los noventa.

Puntualmente, ese Tribunal dispuso que el buscador Google debía suprimir toda vinculación de sus resultados obtenidos hace veinte años o más "que exhiban eventuales escenas que pudo haber protagonizado la peticionaria cuyo contenido pueda mostrar agresiones verbales o físicas, insultos, discusiones en tono elevado, escenas de canto y/o baile, así como también videos de posibles reportajes televisivos en los hubiera brindado información de su vida privada". 

Asimismo, el procurador rechazó la aplicación del precedente europeo “Costeja” origen del “derecho al olvido” y la posibilidad de que la información haya tenido un origen ilícito ni que configure violencia de género, tal como sostiene la defensa. “Esos temas deberían haber sido analizados en la instancia anterior y con un abordaje pericial”, agregó Abramovich, ya que el aspecto de la violencia de género no fue planteado en las instancias anteriores.

A continuación, el abogado Martín Leguizamón, quien representa a la actriz, dijo que Denegri “fue arrojada contra su voluntad a los programas de televisión, bajo amenaza y extorsión de los policías y productores” y que fue “una víctima”.

El equipo de abogados de la parte actora estaba integrado por Adolfo Martín Leguizamón Peña, las ex magistradas Marta del Rosario Mattera y Graciela Medina y por el abogado mediático, Fernando Burlando, que estuvo presente pero no habló en ningún momento de la audiencia.

 

Leguizamón, junto con sus colegas Marta Mattera y Graciela Medina, detalló que no piden “eliminar” el contenido sino “impedir el acceso a través del nombre Natalia Denegri”, y añadió: “Los contenidos van a seguir alojados en internet”.

 

“Los contenidos de los programas no tienen interés público ni cultural. Cuatro mujeres se agreden, se insultan y se pelean. Ese programa hoy en día sería bochornoso”, dijo el letrado sobre la participación de su representada en programas televisivos conducidos en aquel entonces por Mauro Viale, Chiche Gelblung y Lucho Avilés.

Leguizamón, junto con sus colegas Marta Mattera y Graciela Medina, detalló que no piden “eliminar” el contenido sino “impedir el acceso a través del nombre Natalia Denegri”, y añadió: “Los contenidos van a seguir alojados en internet”.

En la ronda de preguntas, el ministro Carlos Rosenkrantz cuestionó:”¿Por qué se contenta con hacer meramente más difícil el acceso a la información y no pide la desindexación?”. “Respetamos la libertad de expresión”, contestó Leguizamón.

La información que se difunde en el buscador es “verdadera”, afirmó Rosenkrantz y volvió a criticar: ¿Usted cree que el honor puede ser afectado con información verdadera?”. El juez puso en serios aprietos a los demandantes al leer algunos pasajes de entrevistas periodísticas realizadas a Denegri donde ella se mostraba orgullosa de su participación en los reallitys, y aseguraba haber cobrado buen dinero por ellos.

Juan Carlos Maqueda, por su parte, destacó la carrera que desarrolló la actriz como productora y conductora en el exterior. “¿En qué aspecto la afectó?”, consultó al abogado, quien respondió que Denegri “no reniega ni se avergüenza de pasado, pero que sufre un dolor interno y un sufrimiento invisible. No quiere que sus pequeños hijos puedan acceder a estos contenidos”.

En tanto, el juez Ricardo Lorenzetti planteó sus dudas sobre cuestiones vinculadas con el bien jurídico protegido, la pretensión de la parte actora y la eliminación de los videos calificados de “grotescos” como criterio de supresión de libertad de expresión. “Todas las personas que tienen una carrera tienen un pasado”, aseveró el ministro y cuestionó nuevamente: “¿Se pretende limpiar el pasado?”.

Ante la mirada atenta de los cuatro ministros, la propia Natalia Denegri relató nuevamente la historia y respondió preguntas: “Después de 26 años no hay derecho para que me sigan re victimizando”.

 


El equipo jurídico de Google estaba integrado por Mariano Florencio Grondona, María Baudino, Estanislao Mezzadri y Arnaldo Cisilino, quienes refiriéndose a la sentencia de la Cámara Civil, argumentaron que se intentó fundar la restricción a los videos e imágenes de la actora en el "derecho al olvido europeo" que “no está legislado en Argentina y es incompatible” con nuestra normativa.

 

 

Por su parte, Maqueda recordó el caso "Ponzetti de Balbín" en relación al derecho a la intimidad de las personas públicas. "No se pierde la intimidad por ser figura pública", aseveró Grondona y recordó que las imágenes en el precendente fueron tomadas cuando el político se encontraba internado en la sala de terapia intensiva.

 

“Los buscadores son eslabón fundamental para el ejercicio del acceso a la información”, dijo el letrado Mariano Grondona y concluyó que la sentencia “no encontró ilegalidad alguna e intentó justificarse en la normativa europea que no está vigente en nuestro país y que es incompatible con el derecho a la información”.

Los ministros también dirigieron preguntas a los representantes de Google. Al respecto, Rosenkrantz recordó la causa "Sejean" y el "derecho a fracasar" invocado en su momento por Enrique Santiago Petracchi, como también el consentimiento de la actora ante la eventual viralidad de sus actos en 2020.

Por su parte, Maqueda recordó el caso "Ponzetti de Balbín" en relación al derecho a la intimidad de las personas públicas. "No se pierde la intimidad por ser figura pública", aseveró Grondona y recordó que las imágenes en el precendente fueron tomadas cuando el político se encontraba internado en la sala de terapia intensiva. Distinto es el caso de Denegri, cuyas imágenes no fueron tomadas en forma clandestina sino que pertenecen a varios programas de la TV abierta.

Los jueces también consultaron sobre las políticas del buscador y diversas cuestiones técnicas, tales como la transparencia de los algoritmos o las preferencias y orden en las búsquedas de los usuarios. "Tenemos que sacar un fallo aunque sea un tema complejo", replicó Horacio Rosatti ante las palabras de los abogados del buscador, quienes alegaron que se trata de una cuestión técnica que excede al Derecho.

 

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