07 de Noviembre de 2024
Edición 7087 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/11/2024
Delitos informáticos

La IP no prueba la estafa

La Justicia Penal sobreseyó a un hombre que fue investigado por una estafa tipo phishing porque la transferencia bancaria no autorizada por la víctima se realizó desde su dirección de IP. Según el fallo, "pudo haber sido cualquier dispositivo a nombre de cualquier otra persona el que se conectó a la red del imputado"

Por:
Sebastián
Onocko
Por:
Sebastián
Onocko

Ante una imputación por supuesta defraudación a H. aduciendo una maniobra de creación de una página apócrifa de un reconocido banco destinada a captar datos bancarios de sus usuarios, mediante la cual se abría realizado una operación de transferencia de dinero desde la cuenta de la victima que no ejecutó ni consintió la misma, a través de la IP del imputado.

El juez Slupski razonó que pudo haber sido cualquier dispositivo a nombre de cualquier otra persona el que se conectó a la red del imputado para realizar la transferencia, más cuando se trata de un lugar público que suele compartir el WIFI con los clientes, toda vez que la empresa “Bvnet” informó que no es posible visualizar los dispositivos que se conectaron a la lan interna de la IP

Llegada la indagatoria, el acusado realiza un descargo por escrito donde adujo ser inocente, manifestando que se le acusaba de una estafa porque la dirección de IP desde donde se realiza la transferencia se corresponde con la dirección de su taller mecánico, pero que el mismo trabajaba en horario cortado, razón por la cual en el horario en que se llevo adelante (13:28 hs) el mismo no estaba presente en el lugar, por trabajar hasta las 12:30 hs y reingresar a las 15:30 hs.

Alega que no conoce a la víctima, y que anteriormente el mismo tuvo problemas de conexión a internet en su taller, además de sufrir un robo en junio de 2020 (de lo cual adjunta denuncia) donde se sustrajeron dos computadoras y el módem, por lo que plantea la idea de que posiblemente en la fecha de ilícito del que se lo acusa (3/12/19) alguien haya utilizado la señal del wifi para cometer dichos ilícitos.

Ante ello, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 1, a cargo de Diego Slupski, valoró que anteriormente ya se había declarado la falta de mérito en estos autos, sin embargo el Fiscal devolvió el expediente solicitando el procesamiento, pero verificando que no se agregaron nuevos elementos probatorios para agravar la situación procesal del imputado.

Para arribar a esa conclusión, el juez Slupski razonó que pudo haber sido cualquier dispositivo a nombre de cualquier otra persona el que se conectó a la red del imputado para realizar la transferencia, más cuando se trata de un lugar público que suele compartir el WIFI con los clientes, toda vez que la empresa “Bvnet” informó que no es posible visualizar los dispositivos que se conectaron a la lan interna de la IP en cuestión el día que se cometió el ilícito, por no guardar esa información, sumado a que la División Investigaciones Especiales de la Policita de la Ciudad concluyó en el expediente que existen infinidad de posibles formas en que los delincuentes hayan utilizado la IP del imputado o sus equipos, y el hecho de que no existió ningún contacto registrado entre la víctima y el imputado, es que no existían pruebas para adjudicar el hecho al Sr. H.

Por lo tanto, se resolvió sobreseer a H. de las condiciones personales en la causa, con expresa mención de que la existencia del proceso no afecta su buen nombre y honor.

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
ip estafa imputado transferencia

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Por la demanda de un usuario asaltado
Inseguridad virtual
El FBI ya había alertado sobre este virus
Piratas informáticos al acecho
La maniobra involucró diez mil dólares y casi un millón de pesos
Ciberestafas a la orden del día

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486