Jujuy sancionó la Ley de "Tenencia Responsable y Protección de los Animales de Compañía”. Entre otros puntos, fija una regulación para la cría con fines comerciales estableciendo "requisitos mínimos para garantizar el bienestar y prevenir la explotación animal”.
En la provincia de Jujuy se sancionó la Ley provincial Nº 6293 denominada “Régimen de Tenencia Responsable y Protección de los Animales de Compañía” que se compone de 67 artículos dividido en 14 capítulos, y conforme sus fundamentos tiene como objetivo “crear un régimen de tenencia responsable y protección de animales de compañía en lo referido a su crianza, trato y transferencia; a su vez, se contempla la actividad de cría con fines comerciales para regularla y establecer requisitos mínimos para garantizar el bienestar y prevenir la explotación animal”.
La ley tiene como objetivo “crear un régimen de tenencia responsable y protección de animales de compañía en lo referido a su crianza, trato y transferencia; a su vez, se contempla la actividad de cría con fines comerciales para regularla y establecer requisitos mínimos para garantizar el bienestar y prevenir la explotación animal”.
La misma se elaboró tomando en consideración la “Declaración Universal de los Derechos de los Animales de 1977” adoptada por la ONU y la UNESCO, las "Guías para el manejo de la población canina" elaboradas por la ONU, el Decreto 1088/2011 mediante el cual se creó el "Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos", así como normativa de otras provincias.
“El proyecto contempla en cada uno de sus capítulos temas centrales sobre la protección de los animales de compañía, tales como el establecimiento de requisitos básicos para su manutención y cuidado y la regulación de las actividades de cría y custodia con fines comerciales; la prohibición salvo excepciones de la realización de muestras y concursos; la actividad de los paseadores; los perros asilvestrados; los animales callejeros; los animales peligrosos; la prohibición de las 'intervenciones quirúrgicas no curativas y la regulación de la práctica de eutanasia sólo para casos extremos; el caso de los refugios; la realización de campañas periódicas de educación de la ciudadanía en la tenencia responsable; la garantía de que el Estado continuará la labor de realizar vacunaciones, desparasitaciones y esterilizaciones gratuitas periódicamente; la prohibición del abandono de animales de compañía o su desatención, entre otras.”
Otro dato de interés es la creación de un número telefónico del tipo 0800 por parte del Estado para que las personas puedan denunciar acciones contrarias a esta ley en referencia a los animales, la aplicación de multas en tres categorías “leves”, “graves” y “gravísimas”, así como la creación de un “Registro de maltratadores de animales” a donde se inscribirá a las personas que se sancione por esta ley, el código contravencional u otras leyes para evitar que puedan adoptar, tener o residir con animales en el futuro.