05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024
Detalles del temario

Leyes al calor del verano

Los legisladores interrumpirán sus vacaciones tras la convocatoria del Gobierno nacional a sesiones extraordinarias y hay varias iniciativas que afectan al Poder Judicial. Uno por uno, cuáles son los proyectos vinculados a la Justicia.

Por:
Rita
Lucca
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Será un verano movido en materia legislativa: el Gobierno nacional oficializó la convocatoria a sesiones extraordinarias entre el 23 de enero hasta el 28 de febrero.

El decreto 17/2023 – que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y del jefe de Gabinete Juan Manzur- incluye un extenso temario que contiene el pedido para someter a juicio político a los jueces de la Corte Suprema de Justicia, como también otras iniciativas vinculadas al sistema judicial.

Entre las novedades se encuentran los proyectos –con media sanción del Senado- para ampliar el número de integrantes del máximo tribunal y la modificación de la ley del Consejo de la Magistratura.

De esta forma, el Ejecutivo insistirá con la propuesta de ampliación de la Corte Suprema, de cinco a quince. "Ni siquiera enviaron un pliego para llenar la vacante de Elena Highton de Nolasco. ¿Cómo prevén designar 15 jueces en la Corte Suprema?", comenzaron a cuestionar en los pasillos del Palacio Legislativo.

Asimismo, buscará el tratamiento de la norma destinada a la organización del órgano encargado de la selección y sanción de jueces federales y nacionales. Esta última eleva de 13 a 17 el número de integrantes del cuerpo y crea cuatro regiones federales en el seno del organismo.

En este sentido, el Gobierno señaló la necesidad de dar cumplimiento a la parte resolutiva del fallo“Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires y otro c/ E.N. -ley 26.080 -dto. 816/99 y otros s/ proceso de conocimiento”. “En dicho fallo la Corte exhortó al Congreso de la Nación para que, en un plazo razonable dictara una ley para organizar el citado Consejo disponiendo que, si ello no sucedía en el plazo de 120 días, el mismo debía integrarse y funcionar, en sus aspectos institucionales más relevantes, conforme una ley fenecida. Dicho plazo se encuentra largamente vencido y, hasta la fecha, el Congreso de la Nación no dio cumplimiento a la medida dispuesta por el Alto Tribunal, por lo que resulta necesario que ello se realice en el menor plazo posible”, argumenta el decreto.

 

Por último, se añadió en el temario el proyecto que modifica el Capítulo IV –“Disciplina”-, de la ley de Ejecución de la Pena. Con media sanción de la Cámara alta, el texto fue resultado de una propuesta de modificación legislativa arribada por consenso con la Defensoría General de la Nación en el marco del caso “Guillermo Patricio Lynn vs. Argentina” que tramitó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

 

También se incluyó el pliego del juez federal Daniel Rafecas para cubrir el cargo de Procurador General de la Nación. Así el Gobierno nacional intentará ocupar la vacante que dejó Alejandra Gils Carbó tras su renuncia en 2017. El procurador fiscal ante la Corte, Eduardo Casal, quedó interinamente a cargo del Ministerio Público Fiscal.

Los legisladores habían puesto reparos respeto al pliego de Rafecas cuando se presentó en 2019, y su designación no será un proceso simple, ya que debe conseguir el acuerdo de dos tercios del Senado para que su postulación avance y no fracase en el intento, tal como sucedió con el pliego de la jueza Inés Weinberg de Roca, quien fue propuesta por el expresidente Mauricio Macri.

Por último, se añadió en el temario el proyecto que modifica el Capítulo IV –“Disciplina”-, de la ley de Ejecución de la Pena. Con media sanción de la Cámara alta, el texto fue resultado de una propuesta de modificación legislativa arribada por consenso con la Defensoría General de la Nación en el marco del caso “Guillermo Patricio Lynn vs. Argentina” que tramitó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

“En particular, la propuesta legislativa que se somete a consideración asigna al régimen disciplinario la finalidad de garantizar la seguridad y la convivencia ordenada y pacífica en los establecimientos penitenciarios y consagra la obligación de todas las personas privadas de libertad de observar y acatar las normas de conducta determinadas en la ley y en los reglamentos respectivos”, señala en sus fundamentos.

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