20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Competencia

Atracción federal

Una mujer demandó por una relación laboral no registrada al Estado Nacional y varias instituciones provinciales, y se desató una discusión luego de que el magistrado de la causa rechazara la excepción de incompetencia planteada por la Fiscalía de Estado. La Cámara de Bahía Blanca entendió que la justicia federal debía continuar en el caso.

Luego de que una mujer iniciara acciones judiciales derivadas de un conflicto laboral contra el Ministerio de Economía de la Nación, el INDEC –Estado Nacional– conjuntamente con el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Buenos Aires y la DIPREC, la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires interpuso una excepción de incompetencia que fuera rechazada por el juez de la causa.

La acción se inició ante el Juzgado Federal N.º 1 de Bahía Blanca, y el magistrado entendió que ese juzgado era competente en razón de las personas, lo que determinaba la procedencia del fuero de excepción, “en los casos en que la Nación sea parte y actúe formalmente en un juicio como actora o demandada, como codemandadada con otra persona no aforada y también cuando el pleito pueda comprometer la responsabilidad del Estado Nacional, incluso materia de reclamo que derive de relaciones laborales”.

Agregó también que se trataba de un litisconsorcio pasivo necesario, evitándose así el dictado de pronunciamientos contradictorios derivados de procesos en los que se ventilan pretensiones sobre un mismo objeto.

Fue en el caso “V., M. E. c/Instituto Nacional de Estadísticas y Censos y Otros s/Reclamos Varios”. Cuyo pronunciamiento fue apelado por la demandada, elevando el debate a la Cámara Federal de Bahía Blanca, donde los camaristas Pablo Esteban Larriera y Leandro Sergio Picado resolvieron no hacer lugar al recurso de apelación y confirmar la resolución apelada con costas.

 

 

“La Nación arrastra a la justicia federal a todos aquellos que no tienen derecho al fuero”

 

 

Los jueces del tribunal de apelaciones explicaron que “en el caso, la actora demanda en forma solidaria al Estado Nacional y a la Provincia de Buenos Aires, en virtud de la relación de empleo irregular que, según la actora, mantuvo con el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos y la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos, situación laboral que habría sido vulnerada en forma conjunta”, por lo que se entendía que “la competencia de este fuero se desprende de lo establecido en el art. 116 de la Constitución Nacional reglado por el art. 2 inc. 6 de la ley 48, que determina la competencia de los jueces federales en causas en “que la Nación o un recaudador de sus rentas sea parte”, ya que se encuentra comprometido en alguna medida el patrimonio nacional y su responsabilidad”.

Por ello citando a Haro, concluyeron en que “la Nación arrastra a la justicia federal a todos aquellos que no tienen derecho al fuero”.

 

 

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