20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Indemnización por daño moral

El que busca, encuentra

Google y Yahoo! fueron condenados a resarcir a la modelo Natalí Weber debido a que su imagen había sido vinculada a sitios web que ofrecían servicios sexuales. Los buscadores tardaron meses en suprimir el contenido, según la Cámara Civil.

La modelo Natalí Weber inició una demanda contra Google Inc. y Yahoo de Argentina debido a que su imagen había sido vinculada a sitios web que ofrecían servicios sexuales. La esposa del futbolista Mauro Zárate fue advertida por familiares, amigos y otras personas de su entorno respecto de que en los buscadores su nombre se vinculaba con páginas que exhibían fotografía suyas relacionadas con sitios de contenido sexual, pornográficos y de acompañantes.

En primera instancia se admitió la demanda por $650.000, más intereses. También se ordenó eliminar en forma definitiva de los buscadores de la web toda vinculación, referencia y enlace entre el nombre de la modelo y los sitios web de contenido sexual, erótico y pornográfico. Esta medida ya había sido adoptada por los buscadores antes de la condena.

Sin embargo, tanto Yahoo como Google quedaron notificadas en 2010 tras una cautelar innovativa, pero cumplieron en forma tardía. Las firmas esgrimieron, por su parte, que la medida cautelar dispuesta "resultaba genérica y de imposible ejecución".

La causa llegó finalmente a la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, donde las juezas Silvia Patricia Bermejo y Beatriz Alicia Verón recordaron los "buscadores no tienen una obligación general de monitorear (supervisar, vigilar) los contenidos que se suben a la red y que son proveídos por los responsables de cada una de las páginas web sino que son, en principio, irresponsables por esos contenidos que no han creado”.

 

Respecto al monto por daño moral, el Tribunal estableció que Yahoo abonar la suma de $350.000 y Google la suma de $600.000, en “atención a la mayor demora en que incurrió ésta última en acreditar el cumplimiento de la medida, lo que, como se señaló, implica un mayor tiempo en extenderse el daño”.

 

Las magistradas, no obstante, resaltaron que las demandadas son responsables por no actuar con “diligencia para suprimirlo” al ser advertidas del perjuicio. En el caso, Yahoo no logró justificar la tardanza en efectuar el bloqueo general, el cual se realizó poco más de tres años y tres meses después. De igual forma, la inacción deliberada de Google “revela su obrar culposo y, por ende, susceptible de generar la obligación de reparar”, según se desprende del fallo.

Respecto al monto por daño moral, el Tribunal estableció que Yahoo abonar la suma de $350.000 y Google la suma de $600.000, en “atención a la mayor demora en que incurrió ésta última en acreditar el cumplimiento de la medida, lo que, como se señaló, implica un mayor tiempo en extenderse el daño”.



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