20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Fuente periodística bajo resguardo

El Máximo Tribunal le dio la razón al periodista Santiago O’Donnell en el marco de una causa iniciada por Mariano Macri. El hermano menor del expresidente había solicitado la entrega de las grabaciones utilizadas en un libro como "medida preliminar" para una eventual demanda por daños y perjuicios.

En los autos “Macri, Mariano c/ O'Donnell, Santiago s/ diligencias preliminares”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón al periodista Santiago O’Donnell en el marco de una causa iniciada por Mariano Macri, hermano menor del expresidente.

Mariano Macri había solicitado que se ordenara al periodista la entrega de una copia íntegra de las grabaciones de las entrevistas que habrían mantenido entre enero y agosto de 2020, a partir de las cuales este último redactó el libro “Hermano. La Confesión de Mariano Macri sobre la trama de poder, política, negocios y familia detrás de su hermano Mauricio”.

El hermano del exmandatario se negó a la publicación del libro y reclamó las grabaciones para plantear una eventual demanda de daños y perjuicios contra el periodista y la editorial por presunto incumplimiento contractual.

En primera instancia se intimó al periodista a que, en el plazo de cinco días, acompañara las grabaciones mantenidas con Macri. Sin embargo, el periodista interpuso recurso de revocatoria y apelación en subsidio, planteos que fueron rechazados por el juez de primera instancia.

El periodista destacó que solo una parte de la información fue publicada, quedando entonces reservado -y bajo dominio y responsabilidad exclusiva del profesional- el resto del material, que podrá servir para investigaciones y publicaciones futuras, y que posee información sensible. 
 

Los jueces del Máximo Tribunal hicieron así hincapié en la decisión de admitir la medida preliminar y destacaron: "Por tratarse de una herramienta procesal de suma excepción solo deben admitirse si se comprueba que son imprescindibles y esenciales para poder llevar adelante eficazmente la acción o la defensa intentada”.


Hace apenas un año, la Corte suspendió la sentencia de primera instancia que había obligado a O’Donnell a entregar las grabaciones de las entrevistas y requirió la remisión de las actuaciones principales. Ahora, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti ordenaron que se dicte un nuevo pronunciamiento.

Los jueces del Máximo Tribunal hicieron así hincapié en la decisión de admitir la medida preliminar y destacaron: "Por tratarse de una herramienta procesal de suma excepción solo deben admitirse si se comprueba que son imprescindibles y esenciales para poder llevar adelante eficazmente la acción o la defensa intentada”.

Para los supremos, “la jueza no sólo dictó la medida preliminar sin dar fundamentos serios y contundentes respecto de la totalidad de los requisitos que hacen a su admisibilidad sino que al rechazar la revocatoria, en la que se había hecho expresamente hincapié en la ausencia del requisito de necesidad, no dio una respuesta concreta y motivada sobre dicho punto y mantuvo la medida con argumentos que, de algún modo, exigían un examen previo de la referida cuestión”.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


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