La Corte Interamericana de Derechos Humanos concluyó que Haití es responsable por la falta de protección de los derechos de Willer Baptiste y su familia frente a múltiples amenazas e intentos de homicidio de los cuales fueron objeto entre los años 2007 y 2009, así como la falta de debida diligencia en la investigación y la alegada impunidad en que se encuentran la muerte de su hermano.
En un contexto de grave polarización política, inseguridad pública y deficiencia institucional, Baptiste y su familia eran víctimas de amenazas y ataques por parte de grupos armados en Haití. El 4 de febrero de 2007, un grupo armado de personas intentó atacarlo y asesinó a su hermano menor, Frédo Guirand, de 16 años.
La sentencia resaltó que el hombre se vio forzado a trasladarse hacia los Estados Unidos, lo que supuso la separación del núcleo familiar, por lo que la conducta estatal omisiva resultó en una alteración de la vida familiar de la víctima. Además, esto supuso la modificación continua de domicilios y centros educativos que en consecuencia dañaron su proyecto de vida y el de su familia.
A lo largo de los años, el damnificado y su familia fueron víctimas de continuas amenazas y ataques, lo que los obligó a cambiar de domicilio varias veces y, en el caso de Baptiste, a exiliarse en los Estados Unidos en 2016. A pesar de presentar denuncias formales a las autoridades, el Estado no proporcionó pruebas de haber iniciado procedimientos judiciales para investigar y enjuiciar a los responsables de los ataques y amenazas.
En la Sentencia, la Corte sostuvo que el Estado no cumplió con el deber de protección a la integridad personal respecto al señor Baptiste y su familia frente a las amenazas recibidas y comunicadas a las autoridades.
Además, sobre la muerte de Frédo Guirand, la Corte estableció que el Estado es responsable por la violación al derecho a la vida y los derechos de la niñez, reconocidos en los artículos 4.1 y 19 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento, al no haber garantizado su vida en un contexto de grave inseguridad.
El Tribunal consideró que, en el caso concreto, se dio una restricción de facto al derecho a la libre circulación y residencia de la víctima y su familia. Esta restricción resulta atribuible al Estado debido a la falta de medidas de protección a favor de las presuntas víctimas a pesar de haber tomado conocimiento de la situación de inseguridad en la que se encontraban y debido a la falta de investigación de los hechos violentos.
La sentencia resaltó que el hombre se vio forzado a trasladarse hacia los Estados Unidos, lo que supuso la separación del núcleo familiar, por lo que la conducta estatal omisiva resultó en una alteración de la vida familiar de la víctima. Además, esto supuso la modificación continua de domicilios y centros educativos que en consecuencia dañaron su proyecto de vida y el de su familia.
Por la falta de investigación, tanto de las amenazas como de la muerte del Frédo Guirand, el Estado también fue declarado responsable de la violación a las garantías judiciales y protección judicial.