04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Misiones con reglamento de concursos renovado

(André Stämmler en Pixabay)

El Consejo de la Magistratura de la provincia de Misiones publicó este mes en el boletín oficial el texto ordenado del Reglamento de Concurso de acuerdo con la Resolución Plenaria N° 1/24, por el cual se modifican los artículos 7 y 29 respecto a la publicación de edictos para concursos:

Los nuevos artículos dicen:

CAPÍTULO II. ARTÍCULO 7.- ETAPA DE FORMACIÓN DE LISTA DE POSTULANTES. La Convocatoria se publicará en el Boletín Oficial, en el sitio Web del Consejo de la Magistratura de la Provincia y en cualquier otro medio que garantice la mayor difusión como el sitio web del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, del Colegio de Abogados de la Provincia y de la asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de Misiones, entre otros, por el término de cinco (5) días, debiendo los interesados presentar la solicitud de inscripción dentro de los quince (15) días de la última publicación. Al efecto, deberán cumplimentar los requisitos normados en el Título Dos, Arts. 4° y 5°, salvo que ya estuvieran incorporados en el Registro Permanente de Postulantes, en cuyo caso deberán solicitar la extracción de su legajo personal del Registro y, previa actualización de los certificados de domicilio, salud psicofísica, antecedentes, dirección de correo electrónico y la indicación de cuál es el cargo de su interés por el que concursan, se los tendrá por cumplimentados

ARTÍCULO 29.- PUBLICIDAD. Practicadas las notificaciones referidas, la nómina de quienes fueron seleccionados se publicará por tres (3) días en el Boletín Oficial, en el sitio Web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Misiones, del Superior Tribunal de Justicia de Misiones, del Colegio de Abogados de la Provincia y de la asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de Misiones, entre otros, en orden alfabético y sin orden de mérito, remitiendo el Consejo la propuesta al Poder Ejecutivo en el plazo que indica la Ley.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486