24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024
Medida cautelar innovativa

La justicia a todo gas contra los aumentos

La Justicia Federal de Caleta Olivia ordenó suspender por 6 meses los aumentos de gas superiores a 300% desde el 2 de abril de 2024. El fallo tomó en cuenta la época del año, el mayor consumo y los aumentos que en promedio llegaban a 802%.

La magistrada Marta Isabel Yáñez, a cargo del Juzgado Federal de Caleta Olivia hizo lugar a una medida innovativa solicitada en el marco de un amparo colectivo por el servicio de gas natural. Fue en el expediente  “C. R. E. y otros c/ Secretaría de Energía y otro s/ Amparo colectivo”.

La demanda fue impulsada por un un grupo de usuarios a quienes las tarifas de gas se le incrementaron en forma desproporcionada, todos ellos provenientes de la provincia de Santa Cruz, quienes solicitaron un amparo colectivo y una medida cautelar para dejar sin efecto las resoluciones que permitieron los aumentos.

En concreto se trata de la Resolución 41/2024 de la Secretaría de Energía y las Resoluciones 122/2024  y 224/2024 del Ente Nacional Regulador del Gas, las cuales quedarán suspendidas por 6 meses contando desde el 2 de abril de 2024.

La medida también ordena al ENARGAS a comunicar de forma inmediata lo dispuesto a las empresas distribuidoras o subdistribuidoras del elemento a fin que durante el plazo de 6 meses de su vigencia, “se abstengan de aplicar incrementos superiores al 300% en comparación con el mismo período de facturación del año anterior” y “compensar el excedente en la facturación de los períodos inmediatos y posteriores” en caso de que ya se haya percibido sumas.

 

Se abstengan de aplicar incrementos superiores al 300% en comparación con el mismo período de facturación del año anterior… El porcentaje tomado como parámetro de 300% fue el que la magistrada estimó “prudentemente razonable para equilibrar provisionalmente los intereses en pugna y teniendo en cuenta los índices inflacionarios existentes” de público conocimiento.

 

El porcentaje tomado como parámetro de 300% fue el que la magistrada estimó “prudentemente razonable para equilibrar provisionalmente los intereses en pugna y teniendo en cuenta los índices inflacionarios existentes” de público conocimiento.

La jueza destacó que de las facturas traídas como prueba a juicio surgían aumentos superiores al 450% para el mes de junio, con una estimación para julio de un aumento promedio de 802%.

Por tal motivo, a modo de ejemplo consideró una caso donde la factura paso de $1.204,30 a $16.006 y el precio de metro cúbico de gas paso de $22,99 a $79,25.

A eso se sumaba que el peligro en la demora surgía de las condiciones climáticas y la época del año en la que se ingresa, por lo cual el consumo aumentaba, siendo un hecho notorio, de lo que surgía que existía una alta probabilidad de que algunos usuarios no puedan afrontar el costo del servicio esencial para mantener un nivel de vida mínimo y básico.

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