03 de Julio de 2024
Edición 6998 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/07/2024

La Justicia de San Juan con novedades

La Cámara de Diputados de San Juan sancionó la Ley 7072 que establece que los deudores alimentarios e incumplidores de los deberes de asistencia familiar, incluidos en los registros especiales habilitados de esa provincia no podrán acceder a casinos, salas de juego de azar, ni salas de bingo dentro del territorio de la misma.

La iniciativa del interbloque Cambia San Juan, busca reforzar la protección de los derechos de los niños que se ven afectados por la dilapidación de los bienes de sus alimentantes.

Ley 7072:

El articulado de la norma dispone:

  • Artículo 1º: Se prohíbe el ingreso a casinos, salas de juego de azar y salas de bingo de la Provincia, a deudores alimentarios e incumplidores de los deberes de asistencia familiar, incluidos en los registros especiales habilitados a tales efectos en la provincia.
  • Artículo 2º: El Poder Judicial de la provincia de San Juan debe garantizar el acceso al registro establecido en el artículo 1° de la presente Ley a todos los concesionarios de los casinos, salas de juego de azar y salas de bingo de la Provincia.
  • Artículo 3º: La Caja de Acción Social o el organismo que en el futuro lo reemplace, debe velar por su cumplimiento, a través de los procedimientos que estime necesarios para tal fin.

Ciudad judicial:

En la misma sesión, a su vez la legislatura aprobó el Acta para la Ejecución del Proyecto de la Obra Ciudad Judicial de San Juan-1' Etapa, celebrada el 6 de junio de 2023; entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y el Gobierno de la Provincia de San Juan.  


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