20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
Entrevista

Mariana Rey Galindo: "Mi enfoque ha sido siempre en la humanización de la justicia"

Citas a Agatha Christie, cartas de Van Gogh o el envío de tarjetas a domicilio son algunas de las herramientas que utiliza la jueza para darle dinamismo y crear relatos en sus sentencias. El derecho puede ser arte. Lenguaje claro, celeridad y valoración personal de cada caso, las aristas del trabajo de Rey Galindo.

Por:
Cindy
Monzón
Por:
Cindy
Monzón

“Creo en el poder de la ley para transformar vidas, defender derechos fundamentales y asegurar que cada voz sea escuchada y cada derecho, respetado”, con esas palabras se presenta Mariana Rey Galindo, actual jueza de Familia en el Fuero de Familia, Niñez, Género y Sucesiones de Monteros, provincia de Tucumán. Anteriormente, ejerció por más de dos décadas como abogada litigante, tuvo roles destacados en el Consejo del Colegio de Abogados de Tucumán, en la Fundación Mujeres Siglo XXI, y como socia principal del Estudio Jurídico MRG. También se desempeña como docente, mantiene una presencia activa en foros y una extensa actividad académica. 

Diario Judicial: Si uno mira con detenimiento las últimas novedades en el Poder Judicial de Tucumán, podemos ver un crecimiento significativo de sentencias con lenguaje claro, aplicación de la Ley Olimpia, publicaciones de guías para el acceso a personas con autismo a la justica, entre otras. ¿Cree que hay un cambio de paradigma sobre la manera de resolver cuestiones que involucran sobre todo al fuero de Familia?

Mariana Rey Galindo: En primer lugar, me gustaría destacar que, como jueza en el fuero de Familia, Niñez y Género, mi enfoque ha sido siempre en la humanización de la justicia y en la aplicación de un lenguaje claro y accesible. Personalmente, he impulsado la implementación de sentencias que no solo resuelvan los casos de manera justa, sino que también sean comprensibles para todas las partes involucradas. La primera sentencia que tuvimos con lenguaje sencillo y dirigida a un niño fue en el año 2018. A partir de allí, y por el impacto que tuvo tanto para el niño como para su abuela, es que comenzamos, junto con mis compañeras de trabajo (funcionarias y relatoras) a capacitarnos puntualmente en temas de comunicación escrita. Hicimos cursos con una periodista que nos enseñó a comunicar el mensaje que deseábamos trasmitir, también con una profesora en letras que nos enseñó gramática, y en lo particular, hice un Taller Literario para forjar mi propia escritura en un contexto cotidiano. En lo sucesivo fuimos instruyéndonos en todo lo que es la corriente de Lenguaje Claro a nivel nacional e Iberoamericano.  
La aplicación de la Ley Olimpia y la publicación de guías para el acceso a la justicia de personas con autismo son iniciativas que reflejan un compromiso profundo con la protección de los derechos humanos y la dignidad de las personas. Mi objetivo es garantizar que el sistema judicial sea accesible y comprensible para todos, especialmente para aquellos en situación de vulnerabilidad. Este enfoque se ha visto reflejado en varias intervenciones recientes. Por ejemplo, en el diseño de cédulas de notificación con pictogramas y textos adaptados a la necesidad de nuestro destinatario de acuerdo a la discapacidad que se trata, también, en audiencias en las que participaban personas no oyentes no hablantes y sin lenguaje de señas incorporados.  Para todo ello, se trabajó con expertos en cada situación de discapacidad como así también con expertos en comunicación judicial. 
En segundo lugar, no diría que es un cambio de paradigma, sino una evolución necesaria que hemos estado promoviendo. Mi objetivo es que la justicia sea accesible, comprensible y sensible a las necesidades de todos, especialmente de los más vulnerables. Esto es parte de la seriedad de mi compromiso con la defensa de los derechos humanos y la justicia humanizada. Cada fallo que emito busca reflejar estos valores y contribuir a un cambio positivo en nuestra sociedad.

DJU: Si se analizan en detalle sus sentencias, encontramos detalles novedosos como citas a Agatha Christie para un caso de filiación, cartas de Van Gogh, el envío de una tarjeta al domicilio de una familia que esperaba una adopción plena o el uso de la oralidad para la celeridad, ¿de dónde surgen estas ideas? ¿Qué otras áreas, además del arte, suele tener en cuenta para sus decisiones judiciales?

MRG: Ante todo creo que tanto el Arte como el Derecho son formas de expresar del ser humano. Decididamente no son contrarios, antes bien, convergen y comparten el poder de producir relatos que configuran y designan la realidad.
La inspiración para incluir elementos literarios y artísticos en mis sentencias proviene de aquellos que protagonizan las historias que encierran. Los detalles específicos de sus experiencias y alguna reseña en entrevistas son fundamentales. Cada vez que utilizo estos recursos artísticos, busco conectar de manera más profunda con las emociones y realidades de las personas involucradas, devolviéndoles 'su sentir' en una decisión judicial elaborada y pensada para ellas. Es ahí, justamente, cuando creo que es posible una `justicia más humana´.
Por otro lado, estas ideas surgen de mi pasión por la literatura, el arte y la historia, pero también de un compromiso con la innovación en el ámbito judicial. Creo que el uso de referencias culturales puede ayudar a ilustrar conceptos legales complejos y hacer que las sentencias resuenen más con aquellos a quienes afectan.
Además del arte, considero varias áreas para mis decisiones judiciales. La psicología, por ejemplo, es elemental para entender las dinámicas familiares y el impacto emocional de las decisiones judiciales. También tengo en cuenta la sociología para abordar los contextos sociales en los que se desarrollan los casos, y la pedagogía, especialmente en casos que involucran a niños, para asegurar que mis decisiones sean también educativas y promuevan un bienestar integral del cual nos habla la Convención de los Derechos del Niño.

DJU: En sus sentencias hay mucha reivindicación a los distintos significados de familia que pueden existir en la sociedad, ¿le costó en algún momento esa mirada integral? ¿Piensa que en el derecho aún existe una resistencia a esta pluralidad? 

MRG: Inicialmente, integrar esta mirada integral no fue sencillo, ya que implicaba desafiar y reconfigurar paradigmas tradicionales profundamente arraigados. Sin embargo, estoy convencida de que el reconocimiento de la diversidad familiar es esencial para garantizar una justicia realmente continente de los actuales tejidos sociales con sus propias complejidades y versatilidades.
En el derecho, aún persisten resistencias a aceptar esta pluralidad. Las estructuras legales a menudo están diseñadas bajo conceptos tradicionales de familia, lo que puede limitar el reconocimiento y la protección de otras `formas de vivir en familia´. Es decisivo, por tanto, que, como operadores del derecho, trabajemos constantemente para adaptar y ampliar nuestras perspectivas, asegurando que todas las familias, en sus diversas formas, reciban el mismo respeto y protección legal.
En mi experiencia, he procurado que cada decisión judicial refleje esta comprensión y respeto por la diversidad. Cada familia tiene una dinámica y una historia única, y mi objetivo es que la justicia no solo las reconozca, sino que también las valore y proteja. Esto se alinea con mi compromiso inicial al cual hice mención más arriba, buscando siempre que la justicia sea un reflejo fiel de la sociedad que aspiramos a construir y la que, en lo personal, deseo ver.

DJU: Esta misma duda me lleva a preguntarle sobre la identidad de las personas. Si uno mira el nivel de debate en la sociedad, por momentos puede verse una tendencia a la ridiculización del concepto o falta de complejidad en su abordaje. ¿Qué deudas tiene el derecho argentino con la identidad? 

MRG: La identidad es un derecho fundamental que abarca múltiples dimensiones de la vida de una persona, desde su nombre y género hasta su origen y pertenencia cultural. 
La legislación argentina es realmente rica en esta materia, y, aunque se ha avanzado muchísimo en términos normativos, todavía hay inconvenientes en la aplicación práctica de estas leyes, especialmente en contextos donde prevalecen prejuicios y resistencias culturales.
Al mismo tiempo, es necesario profundizar en la comprensión y el respeto por la diversidad identitaria en todas sus formas. Esa ridiculización a la que podemos estar expuestos, o bien, las simplificaciones del concepto de identidad reflejan una falta de empatía y conocimiento, que deben ser abordados mediante la educación y la sensibilización tanto en la sociedad como en los mismos operadores del sistema en general. 
Por último, considero que el derecho debe evolucionar para garantizar que todas las personas puedan vivir plenamente su identidad sin discriminación ni violencia. Esto implica no solo adaptar nuestras leyes, sino también fomentar un cambio cultural que valore y respete a las personas tal y como son en toda su composición identitaria.

DJU: Hablemos de la maternidad subrogada. Le han tocado casos donde autorizó esta práctica. ¿Qué elementos tiene en cuenta al momento de decidir? ¿Cómo se garantiza, por ejemplo, que la persona gestante no esté en un lugar de asimetría? Desde el derecho, ¿Cuál es el límite entre la libre decisión sobre el cuerpo y los límites legales a este tipo de modalidad? 

MRG: La gestación por sustitución es un tema complejo y sensible que requiere una evaluación cuidadosa y detallada de múltiples factores para garantizar que todas las partes involucradas estén protegidas y que se respeten sus derechos. Incluido aquellos casos en los que, por el contexto del caso, puede involucrar derechos de otros niños, niñas o adolescentes.
Tuve oportunidad de decidir en un caso sobre GS. En ese momento los elementos a considerar fueron: 
•    Consentimiento informado y voluntario: entiendo que es fundamental asegurar que la persona gestante ha dado su consentimiento de manera libre, informada y sin coacción. Esto implica evaluar que comprende plenamente las implicancias médicas, legales y emocionales del proceso.

•    Despejar que se trate de una GS con fines comerciales.
•    Que la salud y el bienestar de todas las personas involucradas estuviera garantizada. En relación a la mujer gestante que tenga prioridad en el acceso a la atención médica de calidad y específica durante todo el proceso más el apoyo psicológico si es necesario.
•    Que los instrumentos sobre consentimiento informado hayan sido previos y con el asesoramiento legal correspondiente.  
Desde el punto de vista legal, y dado que la GS no está prohibida en nuestro país, entiendo que nuestra intervención jurisdiccional debe equilibrar entre la libre decisión y la necesidad de establecer límites claros para prevenir abusos. Al mismo tiempo, tratamos de garantizar que los futuros padres tuvieran claridad y seguridad jurídica en el proceso. 
En resumen, la decisión sobre la GS implica una cuidadosa evaluación de la autonomía, el consentimiento y la protección contra la explotación, siempre en el marco del respeto a los derechos humanos y la dignidad de todas las partes involucradas.

DJU: Abordar la violencia de género es complejo por distintos motivos como la valoración de la prueba, los ciclos de las víctimas, donde pueden aparecer miedos o incluso la retractación de la denuncia, ¿cuál cree que es la manera más certera de proceder para este tipo de casos? ¿Cómo garantizar la integridad de la víctima con las herramientas existentes y sin vulnerar su deseo o evitar un proceso de revictimización? 

MRG: El abordaje de la violencia de género requiere un enfoque integral y sensible, que considere tanto las necesidades de la víctima como la complejidad del fenómeno. Para proceder de manera certera en estos casos, es decisivo seguir una serie de pasos que garanticen la protección y el respeto de los derechos de la víctima, sin desconocer que, para que sea completo se requiere trabajar, también, con el victimario para la erradicación de patrones y control de impulsos:
En este contexto, lo que hacemos es: 
•    Valoración adecuada de la prueba, es decir, desde una perspectiva de género como categoría de análisis. 
•    Poner atención en los ciclos de la víctima e identificar la reincidencia de denuncias. En esa circunstancia, es cuando más debemos reconocer los ciclos que tiene la violencia y sus implicancias en las víctimas (incluidos sus miedos y la posible retractación). Entonces, buscamos proporcionar un entorno seguro y de apoyo, donde la víctima se sienta escuchada y comprendida.
•    Evitar la revictimización implementando medidas que minimicen el riesgo de revictimización durante el proceso judicial.  Generamos articulaciones con otros centros de atención o dispositivos específicos para la atención de víctimas de VIF que puedan brindar apoyo continuo durante y después del proceso judicial, para asegurarse de que quien atraviesa este proceso (desde lo subjetivo como desde lo legal) no quede desamparada en ninguna etapa.

 

Aparecen en esta nota:
Mariana Rey Galindo Tucumán Monteros

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486