20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024
El caso llegó a la Corte

Los reclamos antitrust al fuero federal

En el marco de una demanda contra una plataforma online por prácticas anticompetitivas, el procurador Víctor Abramovich opinó a favor de la intervención del fuero en lo Civil y Comercial Federal

El procurador fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Víctor Abramovich, se expidió a favor de la competencia del fuero en lo Civil y Comercial Federal, en el marco de una demanda contra Pedidos Ya SA, Pagos Ya SA y Delivery Hero E-Commerse SA por prácticas anticompetitivas.

En el caso, la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial y el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal 3 discreparon sobre la competencia en la acción colectiva impulsada por Asociación de Defensa del Asegurado Consumidores y Usuarios (ADACU). Según se desprende de la causa, la asociación pidió que la demandada cumpla con el deber de brindar información completa sobre el precio de los bienes y servicios que ofrece - especialmente, las tarifas por servicio de entrega, comisiones y otros adicionales que descuenta a los restaurantes y el servicio financiero- y, además, abone los daños y perjuicios por prácticas anticompetitivas.

 

En este escenario, el procurador fiscal Abramovich entendió que “más allá de que la pretensión se funde en normas que, como la Ley 24.240, integra el derecho común”, y advirtió que "lo medular de la cuestión planteada exige esencial e ineludiblemente interpretar el sentido y los alcances de la Ley 27.442 de naturaleza federal".

 

En concreto, la asociación señaló que el servicio financiero cobrado se presenta como una venta atada, se complementa con una clausula de no competencia de precios, que impide al comerciante vender más barato en otros plataformas o directamente.

Para el tribunal nacional, se trata de un cuestionamiento a una práctica comercial que "implicaría un abuso de posición dominante, una distorsión del mercado y una afectación indirecta a los consumidores" al verse afectado el precio final de los productos comercializados y que quedan alcanzados por el régimen de defensa de la competencia, esto es, la Ley 27.442. 

Así declaró la incompetencia del fuero, pero el magistrado federal no admitió la atribución al entender que se discuten "aspectos mercantiles plasmados en contratos de adhesión celebrados por las demandadas con los comerciantes que adhirieron al sistema".

En este escenario, el procurador fiscal Abramovich entendió que “más allá de que la pretensión se funde en normas que, como la Ley 24.240, integra el derecho común”, y advirtió que "lo medular de la cuestión planteada exige esencial e ineludiblemente interpretar el sentido y los alcances de la Ley 27.442 de naturaleza federal".

Por último, el presentante del Ministerio Público Fiscal recordó que el artículo 67 de la Ley 27.442 y su decreto reglamentario prevén la competencia del fuero Civil y Comercial Federal para recursos directos en materia de defensa de la competencia.

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