Dos organizaciones de noticias que publicaron colectivamente más de 400.000 noticias , artículos de investigación y columnas de opinión en línea, demandaron a la empresa OpenAI por el uso no autorizado de su contenido para el entrenamiento de ChatGPT.
Según alegaron dentro de los conjuntos de información con los cuales se entrenó a la inteligencia artificial aparecía una actividad de scraping en la web que recolectaba diferentes materiales, entre los cuales se captaron obras periodísticas protegidas por derechos de autor despojadas de su autor, título e información legal.
Por esta razón cuando el chat proporcionaba respuestas no citaba a su autor o derechos, en violación de la normativa, por lo cual demandaron por los daños y perjuicios producidos.
Por su parte, la empresa demandada solicitó que se desestime la demanda, ya que según explicaron para realizar un reclamo la actora debía demostrar la existencia de un daño concreto actual o inminente y que el mismo fue producido por la accionada.
Para los actores, su acción estaba legitimada porque había un daño concreto al eliminarse la información de derechos de autor de las obras que se terminaban plagiando si citar al autor, y en segundo lugar porque había un riesgo sustancial de que el programa proporcione respuestas a los usuarios que utilicen obras protegidas o regurgiten estas obras textualmente.
Los actores no lograron demostrar ningún efecto adverso real derivado de la supuesta violación de la DMCA, por lo cual “sin perjuicio concreto no hay legitimación” concluyó el tribunal.
Sin perjuicio de ello, OpenAI consideraba que ninguna de esas pretensiones brindaba legitimación activa suficiente, con lo cual coincidió la Corte del Distrito Sur de Nueva York.
Es que los actores no lograron demostrar ningún efecto adverso real derivado de la supuesta violación de la DMCA, por lo cual “sin perjuicio concreto no hay legitimación” concluyó el tribunal.
“En otras palabras, los demandados pueden, sin permiso, reproducir o incluso crear derivados de las obras de los demandantes sin incurrir en responsabilidad en virtud del artículo 1202, siempre que los demandados mantengan intacto el CMI de los demandantes” y “la mera eliminación de la información de identificación de una obra protegida por derechos de autor -en ausencia de difusión-“ tampoco generaba un perjuicio.
Y si bien también se solicitaron medidas cautelares para ordenar a la empresa a retirar las copias de las obras de los repositorios de la IA, el tribunal consideró que tampoco había legitimación activa para su reclamo.
Sobre ello, los actores decían que incluso si no se había reproducido sus obras, al integrar el repositorio existía un riesgo sustancial de que se use en el futuro, mientras que la defensa expresó que, si no había un hecho que demuestre el riesgo de que chatGPT reproduzca la obra de los demandantes, tampoco existía legitimación. En este sentido también coincidió el tribunal con la defensa.
En conclusión, se concedió la solicitud de desestimación de la demanda, sin perjuicio de que la petición de los actores se podía volver a presentar con un alegato enmendado.