En la causa “KUEIDER, EDGARDO DARIO C/ HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION S/ AMPARO LEY 16.986”, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el pedido del exsenador para habilitar la feria y tratar el amparo que presentó para que sea impugnada la sesión en la que se lo expulsó.
El ex senador por Entre Ríos, actualmente preso en Paraguay tras haber sido encontrado con más de 200 mil dólares sin declarar, argumentó que "que la afectación denunciada violentaba el derecho de un senador nacional que el 1° de marzo debía iniciar su labor legislativa, lo cual era esencial para el correcto funcionamiento de las instituciones de la Nación".
Para los camaristas, Kueider “no invocó, ni demostró, en forma concreta, la existencia de razones de urgencia suficientes para justificar la excepcional medida de habilitación de feria. Tanto es así que, con prescindencia del mérito que las circunstancias invocadas pudiesen tener, lo cierto es que se asientan en extremos conjeturales, como serían el eventual llamado a sesiones legislativas extraordinarias durante el receso estival en curso (circunstancia que, a la fecha, no ha ocurrido)”.
Su pretensión fue rechazada por el Tribunal integrado por Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti, por entender que “no se configura una situación de urgencia objetiva que requiera ser resuelta en el lapso de la feria judicial y justifique sustraer la cuestión de la consideración de sus jueces naturales”.
Para los camaristas, Kueider “no invocó, ni demostró, en forma concreta, la existencia de razones de urgencia suficientes para justificar la excepcional medida de habilitación de feria. Tanto es así que, con prescindencia del mérito que las circunstancias invocadas pudiesen tener, lo cierto es que se asientan en extremos conjeturales, como serían el eventual llamado a sesiones legislativas extraordinarias durante el receso estival en curso (circunstancia que, a la fecha, no ha ocurrido)”.
“El propio actor reconoció que las circunstancias alegadas eran hipotéticas y que sus funciones recién debían reanudarse en marzo”, agregaron los jueces al respecto.
Tampoco puede obviarse que, a la fecha, Edgardo Kueider continúa detenido en la República de Paraguay por disposición de un juez competente, lo que le impediría concurrir a la HCSN, profundizaron los magistrados.
“Todo lo cual reafirma que no se configura una situación de urgencia objetiva que requiera ser resuelta en el lapso de la feria judicial y justifique sustraer la cuestión de la consideración de sus jueces naturales”.