26 de Diciembre de 2024
Edición 7119 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/12/2024

Flexibilizan los requisitos para la ejecución de la pena

Los presos procesados federales podrán acceder a ella acreditando que hayan solicitado estudiar o trabajar. También los internos con sentencia no firme podrán promover el período de prueba. Además, a partir de ahora se evaluará la conducta de los detenidos (no se habla más de comportamiento) con un sistema numérico. Estas modificaciones surgen de un decreto presidencial que modificó el Reglamento General de Procesados.

 
Los presos procesados del sistema federal tienen un nuevo reglamento general que les permitirá acceder con más facilidad y menos requisitos al pedido de régimen de ejecución de la pena. Además, ya no se evaluará el comportamiento de los detenidos sino que ahora se hablará de conducta que será calificada de manera numérica.

Las modificaciones surgen de una reforma al Reglamento General de Procesados que elaboraron internos de la cárcel de Devoto, autoridades penitenciarias, del Poder Ejecutivo, de la Defensoría General de la Nación, abogados y una ONG y que fueron plasmadas en el decreto 1464 firmado por el presidente Néstor Kirchner, el jefe de Gabiente, Alberto Fernández, y el ministro de Justicia, Alberto Iirbarne.

La reforma más importante tiene que ver con la ejecución de la pena. Para acceder a ella los detenidos debían trabajar o estudiar dentro del penal y tener un comportamiento calificado como muy bueno. Ahora, bastará para obtener ese beneficio sólo haber solicitado realizar alguna tarea laboral o acceder a algún tipo de educación. Además, el interno deberá registrar una conducta en el último trimestre de cinco puntos (buena).

Por otro lado, los internos que sean condenados y no tengan sentencia firme porque haya sido apelada por su defensor, podrán promover el período de prueba, esto es el traslado a una unidad abierta, la posibilidad de obtener salidas transitorias de la cárcel, o incorporación al régimen de semilibertad. Antes los presos condenados no podían acceder al período de prueba.

Por otra parte, los presos ya no serán evaluados por su conducta sino por su comportamiento. La modificación radica en que no tendrán un concepto de ejemplar, muy bueno, bueno, regular, malo o pésimo, sino que se establecerá a través de una escala numérica que va del 10 a 0.

Esa modificación importa que al interno no se le cambiará su comportamiento cuando sea condenado, como ocurría hasta ahora. “El procesado que se incorpore al régimen de ejecución de la pena por haber recaído sentencia condenatoria firme mantendrá su calificación de conducta”, señala el nuevo artículo 62 del Reglamento.

Estas reformas fueron elaboras por detenidos que estudian en el Centro Universitario de la cárcel de Devoto, el Ministerio de Justicia, la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaria, el Servicio Penitenciario Federal, el Colegio Público de Abogados y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP).

En una línea similar, el Ministerio de Justicia busca introducir una etapa de defensa para los presos que sean sancionados. Se trata de un proyecto para crear una suerte de juicio oral para analizar las sanciones graves y medias que reciban los internos. Habrá un tribunal, un fiscal y un defensor que se abocará al estudio de la sanción para confirmarla o desestimarla. La iniciativa modifica el Régimen de Sanciones y se encuentra en poder de Kirchner para que firme el decreto.



dju / dju
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