La decisión fue tomada por la Sala V en lo Contencioso Administrativo que de esta forma avaló una medida cautelar que había dispuesto la justicia de primera instancia para el particular Germán Barrientos y que había sido apelada por el Ministerio de Economía, hecho que generó que el expediente llegará hasta el tribunal de alzada.
Al tomar la decisión los jueces Pablo Gallegos Fedriani, Carlos Grecco y Luis Otero, consideraron que la ley de Emergencia Económica que fuera sancionada el último 25 de abril "no es sino un accesorio instrumental" del bloque legislativo anterior como lo son los decretos 1570/01, que estableció el corralito, el 214/02 y la ley 25.561 que regula las demandas contra el Estado.
Cabe recordar que sobre estas normas del PEN que instauraron y afirmaron el congelamiento de la libre disponibilidad de los depósitos bancarios la Sala V ya había fallado en su contra el último 7 de agosto.
Para los camaristas, la denominada “ley antigoteo” continúa el mismo criterio que las dictadas anteriormente por el Poder Ejecutivo y ante este hecho afirmaron que "lo accesorio sigue la suerte de lo principal", en otras palabras "no puede sino predicarse de la ley en cuestión, igual inconstitucionalidad".
En tanto, la Sala II de ese mismo ámbito de la justicia ya se había pronunciado en el mismo sentido y en ambos casos se citó como jurisprudencia de la Corte Suprema elcaso Smith en donde la corte declaró la inconstitucionalidad del corralito bancario.