“Se considera violencia laboral a toda acción ejercida en el ámbito laboral que atente contra la integridad moral, física, sexual, psicológica o social de los trabajadores estatales o privados”, establece el artículo 2 de la ley.
La norma,“sin perjuicio de otras acciones que pudieran estar comprendidas”, considera como violencia laboral al: maltrato psíquico y social, maltrato físico, acoso e inequidad salarial.
Así, por inequidad salarial entiende a “ejercer la disparidad salarial entre hombres y mujeres que ejercen igual función en el mismo lugar de trabajo, siempre que cuenten con iguales antecedentes en cuanto a su calificación, esfuerzo y responsabilidad”.
Las otras categorías toma como violencia laboral a las amenazas repetidas de despido, la obligación de realizar tareas indignas, juzgar de manera ofensiva el desempeño o incomodar al trabajador con palabras y gestos en razón del sexo, edad, nacionalidad, capacidades diferentes, estado civil, entre otras causales.
La ley lleva el número 9.671. Fue sancionada por la Cámara de Diputados de Entre Ríos el 20 de diciembre pasado y por la de Senadores el 5 de enero. Y publicada en el Boletín Oficial de la provincia el 30 de enero.
El trabajador que considera que sufrió violencia laboral podrá solicitar “a la autoridad de aplicación que fije una audiencia dentro del plazo de 48 hs. Las partes podrán concurrir asistidos por representante gremial o letrado patrocinante” establece la ley que además regula que la denuncia debe resolverse en 48 hs.
La autoridad de aplicación es la Dirección Provincial del Trabajo. Las multas que la ley prevé van de 10 a 50 salarios mínimos, vitales y móviles, y para aplicarlas se tendrá en cuenta “la gravedad de la infracción, el carácter de reincidente del infractor” y quien la cometió. “Se considera un agravante cuando la violencia laboral fuera ejercida por un superior jerárquico”, fija el artículo tres de la ley.