Lo resolvió la sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada en éste caso por los jueces Rodolfo Pociello Argerich y María Laura Garrigós de Rébori, en los autos caratulados
“Medina, Raúl Darío s/lesiones” a raíz del recurso de apelación introducido por el fiscal de instrucción interviniente contra la resolución que sobreseyó a Raúl Darío Medina.
El imputado está acusado de haber agredido a Sargento Omar Sosa en las adyacencias del estadio del Club Nueva Chicago. El hecho ocurrió el 11 de abril de 2004, en la puerta de ingreso de la parcialidad local, donde se había conformado un cordón policial de contención para el ingreso del público. Ese día se jugaba un partido entre el equipo local y Vélez Sárfield.
Según consta en la causa, Medina tomó por detrás al Sargento Omar Sosa, tironeándolo del brazo y ocasionándole que perdiera el equilibrio, momento en que aprovechó par darle una patada en el rostro. Luego, se escabulló entre otros simpatizantes.
El juez lo sobreseyó por entender que no existían pruebas suficientes para vincularlo al hecho. El fiscal, sin embargo, consideró precipitada la resolución y pidió su revocación.
El tribunal destacó que sólo se cuenta con el testimonio de un testigo llamado Ferrero, cuyos dichos son bastantes imprecisos. “En un primer momento, señaló que el agresor de Sosa era un asiduo concurrente del Barrio Los Perales, y cuando le fueron exhibidas las fotos de la parcialidad del Club Nueva Chicago obtenidas en otros encuentros deportivos no pudo reconocer a persona alguna”, destaca el fallo.
Además, el tribunal destaca las contradicciones entre sus dos declaraciones. En la primera, dijo que el agresor era de 1,85 de estatura, delgado, cabello rubio largo hasta los hombros, tez blanca y que exhibía una barba de varios días. “En su segunda declaración, nueve meses después, describió de manera distinta al autor, como de un metro sesenta y cinco, pelo negro corto de ½ cm. y noventa kg.”, agrega la resolución.
Los jueces también tuvieron en cuenta que el damnificado no pudo ver nada y que el imputado no aparece fotografiado en ninguna de las imágenes obtenidas el día del partido de fútbol en que sucedió el hecho. Por todo ello decidieron confirmar el sobreseimiento de Medina.
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