20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Mediación obligatoria para los conflictos laborales

Así lo establece un proyecto presentado en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires donde hoy el arbitraje es voluntario. La iniciativa propone, entre otras cosas, crear un cuerpo de conciliadores y que el trabajador pueda ser patrocinado por su gremio. También habilita la vía judicial si la conciliación fracasa. Los objetivos: descongestionar los tribunales y bajar los tiempos de las demandas. TEXTO COMPLETO

 
El diputado por la provincia de Buenos Aires Gustavo Ferrari (UCR) presentó un proyecto para que la mediación en la Justicia laboral sea “previa y obligatoria” a todo juicio. La iniciativa pretende descongestionar los tribunales del trabajo y llegar a una solución más rápida entre el trabajador y empleador.

La iniciativa establece que la medicación sea gratuita, que el inicio se realice con la presentación de formulario y que el trabajador pueda ser representado por su gremio. También propone que se realice en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo para lo cual esta deberá crear un cuerpo de conciliadores y dictar su propio reglamento. Por otro lado, respecto de los mediadores, dice que deberán ser abogados y, sin dar mayores presiones, señala que deberán tener “amplia experiencia en materia laboral”.

El proyecto, que ingreso a la Cámara de Diputados, también deja abierta la posibilidad de recurrir a la Justicia si no hay acuerdo.

De la mediación obligatoria quedan excluidas: las acciones de amparo y medidas cautelares; las diligencias preliminares y de prueba anticipada; las demandas contra empleadores concursados o quebrados y el Estado Nacional, Provincial o Municipal; las acciones promovidas por menores que requieran la intervención del Ministerio Público; y cuando el reclamo haya sido objeto de las acciones previstas en los procedimientos de reestructuración productiva, preventivo de crisis o de conciliación obligatoria previsto en las leyes 24.013 y 14.786.

En la Provincia la conciliación y el arbitraje laboral ya existen pero son voluntarios y no ayudaron para evitar las demandas laborales. Según estadísticas de la Subsecretaría de Planificación de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, que Ferrari cita como fundamentos en su proyecto, entre el 2000 y el 2004 los tribunales del trabajo recibieron un promedio de 33.000 causas por año.

El diputado también afirmó que si fracasa la conciliación, pasan hasta 13 meses hasta la fecha que se fija la vista de causa. “La conciliación entre trabajador y empleador - llevada a cabo en el marco de la legislación obrera - iría en beneficio de ambas partes al acelerar la resolución del conflicto, y contribuiría a disminuir la cantidad de causas que ingresan en el Poder Judicial y que muchas veces demoran años en resolverse”, opinó Ferrari.

El legislador sostuvo que la provincia de Buenos Aires “ya cuenta con delegaciones del Ministerio de Trabajo en todos los departamentos judiciales, ya que como se dijo esto ya se está implementando desde hace mucho tiempo, en caso de ser necesario la incorporación de mayor cantidad de personal, el costo del mismo para el Estado provincial siempre va a ser menor comparado con la cantidad de juicios que se van a conciliar con el gasto que los mismos irrogan en caso de que no exista esta conciliación obligatoria”.

En los fundamentos de la iniciativa se cita como antecedente de arbitraje de trabajo, al Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) que funciona en la Ciudad de Buenos Aires desde septiembre de 1997 con características similares al que se proyecta establecer en la Provincia.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486