“La moción modifica el Código Penal para señalar que si en la producción de material pornográfico no han sido utilizados directamente menores de edad, pero se emplea su voz o imagen alterada o modificada, a sus autores se les impondrá la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días)”, explica el proyecto difundido por la oficina de prensa de la Cámara de Diputados de Chile.
La iniciativa ya fue aprobada por la Comisión de Constitución y define al material pornográfico infantil como “toda representación de niños dedicados a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas, o toda representación de sus partes genitales con fines primordialmente sexuales”.
El actual Código Penal de Chile sanciona la producción de pornografía con menores de 18 años pero no incluye la representación virtual en 3D.
Otra norma sobre los menores fue aprobada por la Cámara de Diputados y el Senado. Se trata de una ley por la cual se incluyó a la violación de menores entre los delitos que justifican la legítima defensa.
La resolución forma parte de un conjunto de medidas que amplían las facultades de detención que puede ejercer la Policía. Ahora, esa fuerza, por ejemplo, podrá controlar la identidad de sospechosos, aplicar la flagrancia hasta en 12 horas.
“El fenómeno de la delincuencia no es un problema político que pueda reducirse a una confrontación entre el Gobierno y la oposición. Este es un problema de Estado, en el que todos los sectores políticos, todos los poderes del Estado y la sociedad en su conjunto, tienen deberes y responsabilidades”, dijo Michelle Bachelet en julio del año pasado cuando envió al Congreso el proyecto que se conoció como Agenda Corta de Seguridad Ciudadana para el cual se tomaron propuestas de 10 diputados de todos los partidos.