20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Cómo serán las audiencias públicas del Máximo Tribunal

La Corte Suprema dispuso a través de una acordada firmada el lunes 5 de noviembre, convocar a audiencias públicas para ciertos casos de interés general. En la misma acordada estableció cómo se procederá para que ello ocurra. Este martes se llevó a cabo una primer audiencia por el caso de los “Tobas”. TEXTO COMPLETO

 
La Corte Suprema de la Nación dispuso a través de una acordada “comenzar a llevar a cabo audiencias de carácter público, que serán convocadas en ciertas causas que tramitan ante esta Corte”.

Así resolvió explicando que se trata de una medida más entre las diversas que viene tomando “para elevar la calidad institucional en el ámbito del Poder Judicial y profundizar el estado constitucional de derecho vigente en la República.”

Esta medida, según afirmaron “permitirá poner a prueba directamente ante los ojos del país, la eficacia y objetividad de la administración de justicia que realiza este Tribunal”

Se trata de un mecanismo que busca lograr mayor transparencia en la administración de justicia y efectividad en las tareas del Máximo Tribunal. Serán de tres tipos, según lo establecieron los jueces de la Corte: Informativa, conciliatoria y ordenatoria.

La audiencia informativa tendrá por objeto escuchar a las partes y que los ministros realicen las preguntas que consideren pertinentes previo a decidir. La conciliatoria en cambio perseguirá que las partes busquen soluciones no contradictorias. Por último la ordenatoria en la que se tomarán medidas para mejorar el proceso.

La acordada establece además una serie de condiciones y requisitos que reglamentan el ejercicio de estas audiencias públicas y orales. Entre ellas la exigencia de que las convocatorias cuenten con la firma de al menos tres ministros.

A los fines operativos, también se ordena la fijación de un calendario semestral que será publicado, a los fines de que el público conozca las audiencias que se llevarán a cabo y pueda participar de ellas.

El texto ordenado reconoce la participación tanto de abogados de las partes, especialmente en los casos de las audiencias informativas en las que podrán exponer alegatos, como para “los amigos del tribunal”.

Entre las garantías específicas, establece que los jueces "interrogarán libremente a los abogados que participen de estas audiencias sin que ello implique prejuzgamiento". Así también que "las audiencias serán filmadas y grabadas" constituyendo "ello suficiente medio de prueba" y las actas "serán públicas y accesibles".



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