17 de Julio de 2024
Edicion 7007 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 18/07/2024

Destituyeron a Guillermo Tiscornia

Fue por mal desempeño de sus funciones en tres causas que tramitaban en su ex juzgado, el Penal Económico Nº 7. El jurado de enjuiciamiento señaló que tuvo “un obrar repudiable que afecta la seguridad jurídica”; aunque por otro lado rechazó la acusación por pedido de coimas. Tras el veredicto, el ex juez anunció que presentará un recurso extraordinario federal y que de serle denegado irá a la Corte Interamericana. TEXTO COMPLETO

 
Por la causal de mal desempeño de sus funciones en las causas “Sojo”, “Turco” y “Urlich”, el Jurado de Enjuiciamiento del Consejo de la Magistratura decidió este miércoles al mediodía destituir de su cargo al ahora ex juez en lo Penal Económico Guillermo Tiscornia.

Los miembros del Jury entendieron que el obrar del ex magistrado en esas causas fue “repudiable” y “afecta la seguridad jurídica”. Por otro lado, no hicieron lugar a la acusación por pedido de coimas porque no fue probado el hecho.

Los argumentos del fallo, en lo relativo a la causal de mal desempeño, se centraron en la “persistente actitud” de Tiscornia de no acatar lo resuelto por la Cámara de Apelaciones del fuero. “Ello implica una deliberada decisión de hacer primar su criterio sobre el del tribunal superior, desconociendo la autoridad de que están institucionalmente investidos los superiores tribunales en los casos sometidos a su jurisdicción”, sostiene el veredicto.

En lo relativo al mandato constitucional de “afianzar la justicia”, el jurado sostuvo que “Tiscornia ha vulnerado ese objetivo” cuando denunció a la cámara ante el Consejo de la Magistratura. Así, dijeron que “procedió con parcialidad, tratando de imponer su criterio por sobre el natural órgano de revisión de sus resoluciones, convirtiéndose en parte, tratando de provocar un conflicto con la cámara de apelaciones”.

Sobre el supuesto pedido de dinero a empresarios de una empresa de juegos de azar para sobreseerlos, el Jury dijo que la imputación no ha sido probada. “No sólo no obran registros fílmicos de dicha reunión, sino tampoco existen elementos auditivos, ni otros elementos probatorios que permitan corroborarla con un mínimo de certeza”, se lee en el fallo. Mientras que agrega que las declaraciones de los testigos al respecto “no dejan sino dudas”.

Tras la lectura del fallo, los consejeros Diana Conti y Santiago Montaña, que llevaron adelante la acusación, se mostraron conformes con la decisión. “Es una sentencia que nos da la tranquilidad de no estar cometiendo una injusticia”, dijo Conti. En tanto que Montaña señaló: “Estoy muy conforme porque la acusación fue admitida casi en su totalidad”.

Por su parte, Guillermo Tiscornia salió al cruce del fallo y calificó el juicio como una “disputa de consorcio, donde el jurado se ha inclinado por darle la razón a los administradores y expulsar al consorcista”. Además, habló de “escándalo jurídico”, ya que sostuvo que los fundamentos del veredicto se contraponen con los del jurado que lo enjuició en 1999. “No tengo la menor duda que es una destitución política, las imputaciones eran exactamente análogas”, sostuvo el ex juez.

A pesar de que la Constitución Nacional establece que la decisión del Jurado de Enjuiciamiento es irrecurrible, Ticornia adelantó que presentará un recurso extraordinario federal, y que de serle denegado demandará al Estado argentino ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Debe recordarse que Tiscornia fue suspendido en sus funciones el pasado 9 de agosto luego de que el plenario del Consejo de la Magistratura aprobara en forma unánime el pedido de juicio político.

El Jurado de Enjuiciamiento que lo destituyó estuvo presidido por Emilio Fernández (Juez de la Cámara de la Seguridad Social), y el resto de los integrantes fueron Manuel Justo Baladrón (Diputado PJ de la Pampa), Norberto Massoni (Senador UCR Chubut), Abel Guillermo Sánchez Torres (Juez de la Cámara de Apelaciones de Córdoba), Cesar Ambrosio Gioja (Senador PJ San Juan), Pedro José Azcoiti (Diputado UCR Buenos Aires) y Delia Beatriz Támaro (Representante de los Abogados – Córdoba).

dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486