Como conclusión del encuentro, Mondino anunció que solicitaría una audiencia con la Presidenta Cristina Kirchner en la que participen los máximos representantes del campo.
Tras la ausencia de los representantes del Ejecutivo en la reunión convocada por Mondino, la bancada oficialista cree conveniente que el ombusman dé explicaciones, ya que al parecer, desde la perspectiva de Conti cabe la posibilidad de que haya superado las facultades que le confiere la Constitución por eso “van a ver si solicitan tratamiento sobre tablas o la preferencia de tratamiento con despacho a la Comisión de Asuntos Constitucionales”, informó la diputada, quien también le pedirá a la presidenta de la Comisión Bicameral de la Defensoría del Pueblo, Roxana Latorre, que intervenga en el tema.
“Está haciendo un uso oportunista del cargo que tiene”, disparó Conti al calificar las acciones de Mondino que citó el lunes pasado a los ruralistas y al Jefe de Gabinete Alberto Fernández, al ministro de Economía, Carlos Fernández, y a los presidentes de las cámaras de Diputados y Senadores. Eso “está vedado por la ley, ya que el defensor del pueblo no puede actuar sobre el Poder Legislativo, ni el Judicial”, agregó Conti.
“Mi duda es en qué legitimación se basa para actuar en el conflicto”, porque habría que evaluar “si está actuando con grave negligencia, lo que traería como consecuencia el cese de sus funciones”, explicó al diputada.
Los puntos más destacados del proyecto se refieren a las preguntas que el ombudsman debería contestar, si se aprobara la iniciativa de Diana Conti.
El primero de los cuestionamientos pone en tela de juicio si la reunión 3159/08 caratulada como “Comisión de enlace de las entidades agropecuarias sobre solicitud de intervención en relación al conflicto con el campo, comunidades y regiones del interior del país” fue propuesta por el mismo defensor o “a petición de un interesado”.
Por otro lado, la iniciativa propone averiguar si el defensor del pueblo estaba al tanto de los procesos que ya se estaban tratando en el ámbito judicial.
“La ley 24.284 de Defensoría del Pueblo también es expresa en decir que ni bien haya actuación judicial, la intervención del defensor debe cesar y Mondino empezó a actuar cuando ya habían jueces tratando el tema”, sostuvo Conti
La diputada oficialista afirmó que “no ve cuál es el ejercicio abusivo del Estado” y por tal razón, desde el proyecto le pide al Defensor que explique cuál fue el “el acto, hecho u omisión de la Administración Pública Nacional que implica el ejercicio ilegítimo” y por lo tanto, la aparición de Mondino dentro del problema surgido entre el Gobierno y el campo.
“El defensor del pueblo está para que éste actúe cuando hay graves violaciones a los derechos humanos por libertades y garantías conculcadas”, y a partir de ese punto, la firmante le pregunta al ombudsman “si considera que ante “situaciones extraordinarias”, puede arrogarse competencias y facultades que no están expresamente previstas en la Constitución, ni en la ley reglamentaria”.