Entre los derechos que esperan incorporar a la nueva ley se encuentra la elección de sus propias autoridades, una educación bilingüe intercultural y sistema jurídico propio, tal y como lo expresaron representantes de diversas organizaciones.
En un comunicado de CONIC, dice que “los pueblos indígenas vemos necesaria la incorporación de un marco jurídico que garantice la vigencia de nuestros derechos y la aplicación de leyes, normas y tratados, tanto nacionales como internacionales, que regulen la dinámica social dentro de nuestros pueblos”.
Esa ley general, argumenta el comunicado, resalta aspectos como la “consulta a los pueblos indígenas, Tierra y Territorio, Autonomía y Libre Determinación, Identidad, Espiritualidad, Participación Política, Acceso a la Justicia y Sistema de Justicia Indígena, Educación Bilingüe, Salud y Medicina Tradicional, Seguridad y Soberanía Alimentaria, Lucha contra el Racismo y la Discriminación “, entre otros.
Las pretensiones de los pueblos indígenas fueron presentadas en el Congreso de la Nación de Guatemala, al presidente de la Comisión de pueblos indígenas, Roberto Alejos.
El proyecto al que aspiran las organizaciones indígenas se encuentra amparado por un marco jurídico nacional e internacional. Entre los que se pueden citar el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes o el Acuerdo de Identidad y Derechos de pueblos Indígenas.
Otro caso similar en Latinoamérica
Semanas atrás en Panamá se celebró un Acuerdo entre caciques y miembros del Poder Judicial de ese país para llevar a cabo el “Plan de Acercamiento de la Justicia Tradicional Indígena y la Justicia Ordinaria”. Así se creó la Comisión Interinstitucional de Acercamiento de la Justicia Tradicional Indígena y la Justicia Ordinaria, con el objetivo de facilitar el acceso judicial a todos los grupos indígenas del país, salvaguardando los derechos humanos de los individuos.
Uno de los puntos del proyecto panameño incluye la figura del administrador judicial, quien será el encargado de informar al juez más cercano de las transgresiones o los delitos que se cometan en las comarcas y rebasen sus costumbres y tradiciones, para que aplique la ley ordinaria.