04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024
Una decisión que revictimiza

Golpe a golpe, verso a verso

La Justicia revocó un fallo de primera instancia que había sobreseído a un acusado de golpear fuertemente a su cónyuge. Los camaristas reprocharon al juez de grado que fundó su decisión en que la denuncia la hizo su mujer por despecho. FALLO COMPLETO.

 
La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en los autos “A., A. M. s/lesiones”, dictó la falta de mérito respecto al sobreseimiento de un hombre acusado por su pareja de golpearla y someterla también a maltratos verbales. El juzgado de instrucción Nº 11 lo había sobreseído al considerar que la mujer hizo la denuncia luego de varios años de convivencia, y cuando sabía de la infidelidad de su marido.

“La valoración realizada carece de sustento jurídico, por el contrario, fundamenta el sobreseimiento en supuestos que revictimizan a la damnificada y devuelven un mensaje de culpabilización por los hechos que ha denunciado vivir”, reprocharon los camaristas.

Además, señalaron que el a quo “ha desconocido la bibliografía actualizada, que hacen referencia a las dificultades de las mujeres víctimas de violencia para denunciar los hechos que las afectan, así como también los fundamentos y objetivos de las políticas públicas que desde el servicio de justicia se vienen desarrollando desde hace algunos años, a fin de garantizar asistencia eficaz y oportuna”.

La denuncia original la hizo la mujer ante la Oficina de Violencia Doméstica, en donde aseguró que el maltrato físico y verbal comenzó desde el momento en que se fueron a vivir juntos. Según la mujer, “la ataba de pies y manos, le daba latigazos e incluso la ahorcaba con un cable, le pegaba, la pateaba y la arrastraba del cabello”. La víctima aseguró que los golpes que le propinaba su pareja le hicieron perder dos embarazos.

“Asimismo, la damnificada refirió que el imputado en numerosas ocasiones la habría atado y obligado a tener relaciones sexuales, como también que actualmente recibe llamadas de una mujer, y que la persona que está con ella –que sería A.- quiere que deje la casa y las cosas que están en ella pues, de lo contrario, le pasaría algo feo”, detalla el fallo.

Los camaristas María Laura Garrigós de Rébori, Mirta López González y Rodolfo Argerich, tuvieron en cuenta además, un informe psicológico oficial a partir del cual se concluyó que la mujer “presentaría algunas características propias de una víctima de violencia conyugal –baja autoestima, indefensión aprehendida, naturalización, sentimientos de impotencia, angustia, dolor y temor, pensar en el futuro en términos negativos desesperanzados-; y evaluó la situación de violencia como de muy alto riesgo”.

También los jueces tuvieron en cuenta las declaraciones de allegados a la pareja, quienes daban cuenta de la mala relación en la pareja y de los maltratos que padecía la mujer.

Tras criticar fuertemente al juez de grado, la Cámara resolvió revocar la decisión de primera instancia y dictar la falta de mérito del sobreseimiento del imputado.



dju / dju
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