20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

 “El proyecto de modificación del artículo 31 del reglamento de concursos públicos de oposición y antecedentes para la designación de magistrados del poder judicial de la Nación. Es una inquietud transmitida por la Comisión de Selección, está dada por una problemática referida a la participación efectiva de los postulantes a los concursos, que implica previamente una transferencia de recursos que no son correctamente utilizados, la logística, equipamiento y tiempo”,  informó el presidente de Comisión, Miguel Piedecasas.

El actual artículo 31, que regula las pruebas de oposición, sólo establece que ante “la ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará automática del concurso, sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza alguno”.

La idea central del proyecto es modificar el actual artículo, y que de esta manera introducir una norma que permita la confirmación del espirante con 10 días hábiles judiciales previos, bajo el apercibimiento de la exclusión automática del concurso.

De esta forma, los consejeros propusieron una redacción preliminar para ponerla en consideración. La representante de los abogados de la matrícula federal, Adriana Donato preguntó “si el plazo de 10 días alcanzaba realmente para el fin de la norma”.

“Lo estudiamos, y 10 días hábiles sería el plazo adecuado”, ratificó Miguel Piedecasas. Por su parte, el consejero juez Luis María Cabral propuso agregar la salvedad que “(…) en caso de la notificación previa, salvo causa grave debidamente justificada por escrito en fecha previa a la prueba de oposición”.

“No queremos que se genere tampoco una etapa de paralización por algún tipo de recurso”, concluyó Piedecasas que contó en esta ocasión, con la asistencia de la secretaria, Miriam Agundez.



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