20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Abogado sancionado por "pluma larga"

La Cámara Federal de Mendoza confirmó una sanción de prevención impuesta por un juez a un letrado que presentó un escrito señalando que el magistrado variaba "antojadizamente sus dictámenes". El Tribunal consideró que el letrado se comportó "con una liviandad y una agresión en sus frases no propia de un profesional del Derecho".

Una pelea entre un juez y un abogado materializada en un expediente judicial terminó con una sanción de prevención sobre el letrado. En esta oportunidad, la Justicia Federal de Mendoza dejó firme el apercibimiento disciplinario aplicado a un abogado por "no respetar la investidura" del magistrado

Los hechos se dieron en los autos "G.H. y Otros c/ Telefónica Argentina s/ amparo contra actos particulares" donde el juez de la causa, luego de que el letrado presentara escritos con frases como como “Ud. Tampoco puede variar antojadizamente sus dictamenes”, le aplicó la sanción contenida en el artículo el art. 18 el Decreto-Ley 1285/58.

Esa norma establece que "los tribunales colegiados y jueces podrán sancionar con prevención, apercibimiento, multa y arresto de hasta cinco (5) días, a los abogados, procuradores, litigantes y otras personas que obstruyeren el curso de la justicia o que cometieren faltas en las audiencias, escritos o comunicaciones de cualquier índole, contra su autoridad, dignidad o decoro”.

El letrado apeló la prevención solicitando a la Alzada que la deje sin efecto, pero la Sala B Cámara Federal de Mendoza, compuesta por los magistrados Roberto Naciff, Hugo Echegaray y Raúl Fourcade, apoyó el criterio del juez de Primera Instancia.

"Este tribunal entiende que la sanción colocada por el juez a-quo está ajustada a la realidad de los hechos", expresó la Cámara, fundando su decisión en que se advertía "en numerosos escritos presentados" por el letrado, "una actitud de falta de decoro y respeto en sus expresiones y forma de trato hacia las autoridades del Juzgado federal interviniente".

Para los camaristas, las dichos del abogado calificaban al juez, "magistrado entendedor en leyes, con una liviandad y una agresión en sus frases no propia de un profesional del derecho". 

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