El STJ de Tierra del Fuego delineó el régimen de impugnación en una causa por homicidio simple. El pronunciamiento se dio a pedido de la defensa del condenado.
El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego estableció el régimen de impugnación de una sentencia a pedido de la defensa de un condenado por homicidio simple, en el marco de los autos “G., L. G. s/ Homicidio simple”.
En el caso, el tribunal recordó los criterios de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el modo en que debe hacerse efectivo el derecho al recurso establecido por el artículo 8.2.h de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos y el art. 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
De este modo, los jueces establecieron que contra la decisión por la cual el Tribunal de Juicio fijó el quantum de la pena, las partes podrán interponer recurso de casación, el cual será examinado por el Superior Tribunal, conformado por los magistrados que vienen interviniendo.
Una vez completado el pronunciamiento, las partes “podrán interponer recurso de casación dentro de los plazos previstos por el Código Procesal Penal de la Provincia”, el cual “será analizado por el Superior Tribunal, integrado por los magistrados que siguen en el orden de subrogancia y que no hubieran intervenido previamente en la causa”.
Por último, y en cuanto al interrogante planteado acerca de la resolución definitiva que habilitaría la competencia de la Corte Suprema, los jueces concluyeron que para ello “tiene que agotar la instancia procesal en el orden local”.