Desde febrero seis nuevos delitos pasarán de la Justicia Nacional a la órbita de la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires. Es por una resolución conjunta de la Defensoría, Fiscalía y Asesoría General porteña. La prohibición de carreras de Galgos y el Grooming, entre las figuras.
En lo que significa un paso más hacia el definitivo traspaso del fuero Criminal y Correccional a la Justicia porteña, una resolución conjunta suscripta por la Defensoría General, la Fiscalía General y la Asesoría General Tutelar porteñas dispuso el traspaso de seis nuevas figuras penales a la órbita del fuero Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
“A partir de las cero horas del 3 de febrero de 2018, los/las fiscales, defensores/as y asesores tutelares del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán asumir la competencia de los tipos penales previstos en los arts. 125 bis, 131, 148 bis, 193 bis, 276 bis, 301 bis del Código Penal y la Ley 27.330”, señala la resolución, suscripta el pasado 12 de enero por el fiscal Luis Cevasco, el defensor Luis Ducastella Ariezu y la asesora Yael Bendel.
Se trata de los delitos de promoción o facilitación de la prostitución, grooming, explotación infantil. También entran en el “combo” la figura que penaliza el correr u organizar picadas de vehículos, la que castiga al arrepentido que “proporcionare maliciosamente información falsa o datos inexactos”, la que castiga el juego clandestino y, por último, la que pena la organización de carreras de galgos.
De este modo, las nuevas figuras dejarán de ser investigados por la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional, para pasar a la órbita de la justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La resolución conjunta pone de resalto que la Ley Nacional 26.702, del año 2011 dispuso la transferencia para investigar y juzgar “un número considerable de delitos” que se cometan en territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y que la aceptación de la misma fue aprobada por la Legislatura Porteña el último 7 de diciembre con la sanción de la Ley 5935.
Esta última norma, además de aceptar la competencia de los delitos ordinarios, estipula que la transferencia “entrará en vigencia progresivamente durante el año que transcurra a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la CABA”, y que dicha progresividad será determinada por una resolución conjunta del Ministerio Publico la que deberá ser girada al Consejo de la Magistratura para su consideración, para ser resuelta en un plazo de veinte días, aclarando que si no se expidiera en ese término, “la resolución conjunta del Ministerio Publico quedará aprobada sin más trámite”.
La Ley de aceptación de transferencia, publicada el 3 de enero en el Boletín Oficial, dispone que entrará en vigencia a los treinta días de su publicación, Debido a ello, desde las 0 horas del 3 de febrero de 2018, la Justicia Porteña tendrá que juzgar los nuevos delitos.