20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Aló Presidente

La Cámara Federal de San Martin confirmó el auto de procesamiento dictado sobre un joven, por realizar una amenaza telefónica al Presidente de la Nación. El Tribunal rechazó la defensa del imputado, que dijo que sus dichos eran en "términos genéricos e indefinidos"

La Sala I de la Cámara Federal de San Martín resolvió confirmar un auto de procesamiento dictado sobre un joven que amenazó telefónicamente al Presidente de la Nación, Mauricio Macri

El Tribunal de Alzada, integrado por los jueces Juan Pablo Salas y Carlos Morán convalidó lo decidido en autos “NN: CC.A.M. s/Amenazas”, tras rechazar la tesis de la defensa, que argumentó que no se pudo determinar que su asistido realizara el llamado imputado, y que los dichos que dieran origen a la causa, “no tienen el alcance para vulnerar el bien jurídico tutelado, tratándose de términos genéricos e indefinidos”.

 

Para los jueces  no se descartó la capacidad dañosa de las palabras efectuadas desde el inicio, ya que el llamado tuvo la capacidad de poner en marcha las medidas de seguridad que rodean a la figura presidencial acorde a los protocolos correspondientes

 

La Cámara Federal determinó que en la causa estaba demostrado "con el grado de convicción propio de esta etapa procesal" que el acusado era el usuario habitual del teléfono celular del cual se realizó la llamada contra el Presidente de la Nación, y que la antena que se abrió corresponde a la zona cotidiana del imputado. 

Además, de las constancias incorporadas al expediente, no se desprendió que el móvil de la llamada fuera sustraído en algún momento de la esfera de custodia de su legítimo usuario, lo que llevó a la conclusión de  que los llamados fueron realizados desde allí por su tenedor habitual, el acusado en cuestión. 

Por último, se desacreditó el cuadro de situación planteado por la defensa, en tanto no se descartó la capacidad dañosa de las palabras efectuadas desde el inicio, ya que el llamado tuvo la capacidad de poner en marcha las medidas de seguridad que rodean a la figura presidencial acorde a los protocolos correspondientes. De esta manera, el tribunal resolvió confirmar el auto apelado y dejar fuera de materia de recurso.

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