La Cámara Argentina de Fuegos Artificiales interpuso una acción contra un decreto que limita la comercialización de pirotecnia, pero la Justicia de Entre Ríos confirmó su constitucionalidad.
El Juzgado Civil y Comercial Nº 7 de Paraná, a cargo del juez Martín Luis Furman, rechazó una demanda interpuesta por la Cámara Argentina de Fuegos Artificiales (CAEFA) contra el decreto 1469/2017, dictado por el Municipio local para limitar la comercialización de pirotecnia. Todo ello en los autos "CAEFA y otros C/ Municipalidad de Paraná S/ Acción de Inconstitucionalidad (Art. 51 inc. b de la ley 8369)".
Las actuaciones se iniciaron por una acción declarativa de inconstitucionalidad de la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales contra la Municipalidad de Paraná a fin que se declare la inconstitucionalidad de una serie de artículos del decreto municipal 1469/2017.
Dicha normativa prohibió la tenencia, utilización, fabricación y comercialización de elementos de pirotecnia y cohetería que no sean de venta libre y produzcan sonorización.
En concreto, el juez consideró que la autoridad municipal no excedió sus facultades reglamentarias ya que “no creó, alteró o suprimió categorías de productos pirotécnicos, ni tampoco prohibió lisa y llanamente todo tipo de actividad relacionada a los mismos, sino que -reitero- hizo uso de las facultades reglamentarias expresamente reconocidas”.
“Es que no advierto con cual otro medio menos restrictivo -que la prohibición de uso y detonación- puede la Municipalidad de Paraná lograr el fin de evitar que las personas -especialmente, las personas con discapacidad- y los animales, sufran el ruido de la pirotecnia”, concluyó el fallo.
Tampoco acreditó la afectación de “alegada cláusula de comercio implícitamente establecida en los artículos 9, 10, 11, 12 y 75 inciso 13 de la Constitución Nacional, ya que el Decreto Municipal no prohíbe la libre circulación de elemento de pirotecnia y cohetería, circunstancia que palmariamente surge de la lectura de su articulado”.
Para el juez, las restricciones del decreto “no aparecen como irrazonables, excesivas o abusivas, sino que denotan el ejercicio legítimo de la prerrogativa con la que cuentan los entes municipales de dictar normas de policía que tengan en miras la salud, fundamentalmente respecto a elementos por cierto riesgosos -en mayor o menor medida- como son los artefactos pirotécnicos”.
“Es que no advierto con cual otro medio menos restrictivo -que la prohibición de uso y detonación- puede la Municipalidad de Paraná lograr el fin de evitar que las personas -especialmente, las personas con discapacidad- y los animales, sufran el ruido de la pirotecnia”, concluyó el fallo.