20 de Noviembre de 2024
Edición 7095 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 21/11/2024

De director de hospital a ladrón

Un Juzgado de Córdoba elevó a juicio una causa por peculado contra el ex director de un Hospital. En la causa se investiga al médico por ingresar al nosocomio un día de asueto y llevarse un espirómetro.

En la causa “M.H.F. p.s.a. Peculado – Oposición a la citación a Juicio”,  el Juzgado de Control Penal Económico, dirigido por el juez Gustavo Hidalgo, elevó a juicio la causa seguida en contra del ex-director del Hospital Príncipe de Asturias H.F.M., por el delito de peculado.

De autos surge que el imputado, el 8 de noviembre del 2018, "en su condición de Director del Hospital Príncipe de Asturias, aprovechándose de que dicho día fue declarado asueto por parte del Ejecutivo Municipal (...) ingresó subrepticiamente a dicho nosocomio munido de un bolso tipo morral colgado de su hombro (...) y sustrajo el espirómetro marca Sibelmed de color celeste, modelo Datospir 120, procedente de Barcelona, España (...) llevándoselo consigo junto a dicho candado, colocando dicho aparato en el bolso morral referenciado". Posteriormente a ello, el propio imputado regresó el espirómetro, dejándolo en la puerta de ingreso de la Oficina de Admisión del nosocomio referido”.

 

El juez Hidalgo, además, destacó que ello tan es así, que el médico Moreno concurrió al hospital un día inhábil con un bolso vacío, luego abrió con llave la puerta de un consultorio, removió el candado de la vitrina donde estaba el espirómetro, lo cargó en su bolso y salió del hospital con este, sin que a nadie le llame la atención esa situación ni lo cuestione en su actuar.

 

 

 

El juez Hidalgo argumentó que ese aparato, valuado en unos 200 mil pesos, que se utiliza para medir la capacidad de los pulmones, pertenece al Hospital Municipal Príncipe de Asturias, es decir que es efectivamente un bien público, y fue sustraído por el funcionario que lo tenía bajo su administración pues disponía de él en razón de su cargo. En su carácter de director de hospital, dependiente de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Córdoba, se presenta la relación que exige la norma penal entre éste con los caudales, como requisito para que la conducta de apropiación sea la indicada, en función que dicha dependencia con los bienes debe serle “confiada” al sujeto.

El demandado negó los hechos, mientras que integrantes de personal del Hospital declararon en su contra. En base a las pruebas, el juez Hidalgo evaluó que, en el caso, se cuenta sobradamente con elementos para suponer una conducta que, al margen del hecho contra la propiedad, supone un ataque a la administración pública en el sentido de la norma que reprocha al “funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo”.

El juez Hidalgo, además, destacó que ello tan es así, que el médico Moreno concurrió al hospital un día inhábil con un bolso vacío, luego abrió con llave la puerta de un consultorio, removió el candado de la vitrina donde estaba el espirómetro, lo cargó en su bolso y salió del hospital con este, sin que a nadie le llame la atención esa situación ni lo cuestione en su actuar.

Con aquellos argumentos desechó la pretensión de la defensa que intentaba postular que no existe norma legal ni administrativa que coloque a su defendido en el lugar de administrador en razón de su cargo del espirómetro, e hizo lugar a la requisitoria fiscal de elevar a juicio la causa. 

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