El planteo de la defensora se da en consecuencia al fallo del magistrado en donde hizo lugar parcialmente a la medida cautelar presentada porque reconoce los derechos de los usuarios y obliga al Gobierno Nacional a informar, el tercer lunes de cada mes, sobre el avance de la renegociación de los contratos y el nivel de cumplimiento de las empresas “respecto de las obligaciones a su cargo y de la calidad del servicio”.
En ese sentido, la defensora de la Ciudad de Buenos Aires manifestó que presentó el recurso al considerar que en la resolución de Rossi “no surge decisión alguna sobre el requerimiento formulado para que disponga la inmediata suspensión en la aplicación de los decretos 120/03 y 146/03” que definen aumentos en las tarifas de luz y gas”.
Para la ombusman, en los autos “Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires c/ P.E.N. Mº. de Economía (Estado Nacional) – Ley 24240 – Decreto 120/2003 y otro s/ Sumarísimo” se ha “viabilizado la vía del proceso sumarísimo en cuanto a la cuestión de fondo, interpretando cabal y ajustadamente las posibles falencias de las normas en cuestión, así como la indiscutible importancia del derecho a la información vinculado con el derecho de los consumidores y usuarios de bienes y servicio.”.En ese sentido, en el recurso se expresó que es necesario que el juez de primea instancia “aclare o decida si la medida cautelar de autos conlleva la necesaria e inmediata inaplicabilidad de los decretos cuestionados o bien remite tal decisión a la respuesta que le exige a la demandada en el punto 1 del resuelve”.
En tanto, en la presentación se aseveró que se pedía la aclaratoria “a los efectos de evitar autocontradicción, atento que no es responsabilidad de los usuarios, el incumplimiento o la negligencia del Estado Nacional”.
Al respecto, se agregó que en caso de ejecutarse el aumento de tarifas establecido por los decretos que se impugnan, “serían los propios usuarios de los servicios públicos quienes afrontarían patrimonialmente los costos de tales inconductas”.