La Cámara Civil ordenó buscar el registro fílmico de la audiencia de vista causa que no fue encontrado por el Juzgado. El acto sólo había sido grabado en soporte digital y no había registro en soporte papel. La Direcciones de Tecnología de la propia Alzada y del Consejo de la Magistratura deberán presentar informes.
La Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ordenó buscar el registro fílmico de la audiencia de vista de causa en una expediente por daños y perjuicios contra Metrovias SA y que, en caso de que el resultado sea negativo, se designe una nueva audiencia.
En febrero pasado, el el juzgado de grado informó que se compulsaron los registros informáticos de estas actuaciones y se constató que “no se hallan incorporados los documentos digitales correspondientes a las filmaciones de la audiencia de vista de causa” celebrada en el mes de julio de 2019.
Se intentó la recuperación de varios archivos correspondientes a documentos, con la colaboración del personal de la Oficina de Sistemas y Tecnología de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, pero “no se pudieron ubicar ni restaurar las filmaciones en la PC correspondiente”. Ante esta situación, se decidió fijar una nueva audiencia a fin de que preste nuevamente declaración una testigo.
Los jueces Gabriela Alejandra Iturbide, Marcela Pérez Pardo Víctor y Fernando Liberman resolvieron librar oficio a la Oficina de Sistemas y Tecnología del fuero y al Consejo de la Magistratura -Dirección General de Tecnología-, para que busquen el registro de la audiencia de vista de causa y en su caso lo acompañen.
La actora, sin embargo, se opuso a la audiencia por entender que “debe realizarse la búsqueda de la prueba, tanto de la videograbación como del registro en soporte papel, y en su caso, procederse a la reconstrucción”.
La Cámara Civil señaló que “la búsqueda del soporte papel resulta materialmente imposible” ya que no se dejó constancia y la declaración fue videofilmada. No obstante, los jueces Gabriela Alejandra Iturbide, Marcela Pérez Pardo Víctor y Fernando Liberman resolvieron librar oficio a la Oficina de Sistemas y Tecnología del fuero y al Consejo de la Magistratura -Dirección General de Tecnología-, para que busquen el registro de la audiencia de vista de causa y en su caso lo acompañen.
"Respecto a este último registro informático, si bien, atento las particularidades del caso, no resulta de aplicación el procedimiento de reconstrucción previsto por el art. 129 del Cód. Procesal, evidente resulta que, a los fines de tener por extraviada laprueba, no basta la mera mención de que el personal de la Oficina de Sistemas y Tecnología de esta Cámara no pudo hallarla, dado que sedeberá adjuntar en autos la aludida respuesta", dispuso la Alzada.
En caso de un resultado infructuoso, el Tribunal de Alzada dispuso que se deberá designar una nueva audiencia para que declare la testigo en la causa “G. P. M. c/ Metrovias SA y otros S/Daños y Perjuicios".