20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

¿Una cosa o un ser que siente?

Se presentó en el Congreso un proyecto para modificar el CCyC y que los animales sean considerados personas físicas no humanas. El texto establece la obligación alimentaria en caso de separación, como también la posibilidad de adopción.

La actriz Liz Solari y el abogado Leonardo Barnabá presentaron en la Cámara de Diputados un proyecto de ley por el cual se modifica el Código Civil y Comercial en lo relacionado con el estatus jurídico de los animales sintientes, considerándolos como sujetos de derecho y no cosas. El proyecto fue girado a la comisión de Legislación General.

“Los animales no humanos, cualquiera sea su especie, son considerados personas físicas no humanas y en consecuencia sujeto de derecho. Se les reconoce plenamente su sintiencia y quedan excluidos de cualquier otra caracterización que afecte su también reconocida dignidad", señala el texto que se oficializó en el Salón Blanco del Palacio Legislativo.

Y continúa: "Como tales son titulares de los derechos que les son propios y de todos aquellos que este Código y las leyes especiales les reconozcan, así como a no sufrir malos tratos por parte de los seres humanos. Ejercerán sus derechos por intermedio de personas humanas o jurídicas con interés en la defensa de esos derechos”.

 

Asimismo, la iniciativa tiene presente los casos de adopción: "Se reconoce expresamente la posibilidad de adopción de los animales no humanos que, por sus condiciones naturales y en atención a las normas administrativas vigentes, pueden convivir con las personas humanas. Esta adopción no requiere sentencia judicial ni proceso alguno, pero solo será legítima en tanto no se prueben malos tratos contra ellos por parte de sus adoptantes".

 

También establece que forman parte de toda obligación alimentaria “en cantidad y calidad suficiente, así como de atención médica, cobijo, vestimenta y vivienda adecuada de los animales no humanos”.

“Tanto para la atribución de la vivienda familiar, compensación económica y distribución de los bienes, se considerarán también las necesidades de los animales no humanos que convivieron con dicha unión”, añade.

Asimismo, la iniciativa tiene presente los casos de adopción: "Se reconoce expresamente la posibilidad de adopción de los animales no humanos que, por sus condiciones naturales y en atención a las normas administrativas vigentes, pueden convivir con las personas humanas. Esta adopción no requiere sentencia judicial ni proceso alguno, pero solo será legítima en tanto no se prueben malos tratos contra ellos por parte de sus adoptantes".

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