A través del Decreto 254/2023 publicado en el Boletín Oficial, el presidente de la nación promulgó la ley 27714 que modifica el inciso a del artículo 48 de la ley 24449 estableciendo la prohibición de conducir con alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre.
El texto quedo redactado de la siguiente manera:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
Artículo 1°- Sustitúyese el inciso a) del artículo 48 de la ley 24.449 por el siguiente:
a) Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario.