La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa rechazó el recurso de apelación de la empresa WalMart y confirmó la condena por haber despedido a un empleado por el supuesto faltante de $300.
La jueza Laura Cagliolo y el juez Guillermo Samuel Salas avalaron los argumentos del juez laboral Enrique Fazzini acerca de que el faltante del dinero "parecería ser el resultado de la confusión de la cajera, lo que no alcanza para configurar una injuria grave en los términos del 242 de la Ley de Contrato de Trabajo (…), el que debe asumir cierta magnitud suficiente para desplazar el principio de conservación del contrato de trabajo".
La firma aportó una filmación interna de la que no le informó al trabajador cuando fue citado a la oficina de recursos humanos. No se le hizo mención de la existencia del registro video-grabado, ni consta que se le hubiera ofrecido al trabajador la posibilidad de ejercer su defensa requiriéndole explicaciones, agregando que en la audiencia confesional del actor, este afirmó que ninguna pieza fílmica le fue mostrada.
Así concluyeron que el despido careció de justa causa condenando a la empleadora a pagar la suma que resulte de la planilla de liquidación.
Para los camaristas, "la demandada tampoco hizo mención al tipo de video-grabación, al soporte en que fue guardada, cómo se archivó y se resguardó su inviolabilidad" y que, en la carta documento donde notificó el despido, tampoco mencionó "la existencia del video, sino solamente las investigaciones realizadas, sin indicar su tipo ni quién estuvo a cargo y cuáles fueron los elementos de prueba".
Según se desprende de la causa, en casi 10 años de labor sólo registró dos apercibimientos, una suspensión, y notas de procesos para mejorar, de lo que infirió que no recibió sanciones por actos de indisciplina o que sea una persona conflictiva.
De este modo, los jueces coincidieron con su colega de grado en cuanto al que el faltante de $300 parecería ser el resultado de la confusión de la cajera, lo que no alcanza para configurar una injuria grave en los términos del 242 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Así concluyeron que el despido careció de justa causa condenando a la empleadora a pagar la suma que resulte de la planilla de liquidación.